AFIP estableció nuevas condiciones para el régimen Exporta Simple

AFIP estableció nuevas condiciones para el régimen Exporta Simple

Las nuevas condiciones para el Régimen de Exportación Simplificada “Exporta Simple”, tiene como objeto  facilitar las operaciones de comercio exterior de menor cuantía con fines comerciales a través de nuevos operadores logísticos.

 

La Administración Federal de Ingresos Públicos lo hizo a través de la resolución general 4480/2019, publicada hoy en el Boletín Oficial, donde precisó que se adecua la operatoria para que sea más ágil y simple para los beneficiarios.

La medida indicó que los sujetos que se encuentren inscriptos en los “Registros Especiales Aduaneros” y los usuarios del Régimen de Exportación Simplificada deberán emitir comprobantes electrónicos originales, a los fines de respaldar las operaciones.

Las excepciones a la obligación de emisión de comprobantes no resultarán de aplicación respecto de los sujetos y operaciones alcanzados por la resolución. Se señaló además que quedan exceptuadas las destinaciones de exportación realizadas bajo la modalidad de exportación por cuenta y orden de terceros.

La entidad especificó que  quedan alcanzadas por la norma las operaciones realizadas a través del Régimen de Exportación Simplificada denominado “Exporta Simple”. También se subrayó que si la factura se confecciona previamente a la destinación aduanera, su vinculación deberá efectuarse al momento de oficializarse. En cambio, si la factura se confecciona luego de oficializarse la destinación aduanera, la primera se vinculará automáticamente a esta última.

Igualmente en la factura se deberán informar los datos de “Destino de la mercadería” e “Identificador de la destinación” y en todos los casos se indicará el país de destino de la factura.

LOS REQUISITOS PARA LOS OPERADORES LOGÍSTICOS DEL RÉGIMEN EXPORTA SIMPLE SON POSEER UN PATRIMONIO NETO IGUAL O SUPERIOR A $ 1 MILLÓN, SEGÚN LOS DATOS CONSIGNADOS EN LA ÚLTIMA DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS.

Incluso tendrán que acreditar una antigüedad como Agente de Transporte Aduanero superior a los 3 años. De igual modo será preciso una garantía adicional de US$ 1 millón si el operador tiene un patrimonio neto no inferior a $ 1 millón y una antigüedad en la actividad no inferior a 3 años;y de US$ 100.000 si tiene un patrimonio neto no inferior a $ 3 millones y una antigüedad no inferior a 10 años.

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