AFIP: vencimientos con clásicos problemas

AFIP: vencimientos con clásicos problemas

Complicaciones harán que se pida prórroga y el organismo no tiene intención de darla.

 

Es una historia que se repite cada año. Sea por modificaciones tributarias, sea por medidas extraordinarias, sea porque el fisco pretende más información, siempre existe un motivo para que las formalidades para cumplir con la presentación de las declaraciones juradas de las personas humanas y sucesiones indivisas se compliquen y algo que pudo hacerse con holgura termina comprimiéndose de tal manera que los contribuyentes piden prórroga y la administración busca no diferir la recaudación. En otras palabras, no hay intención de postergar las fechas fijadas.

En una reciente reunión que representantes de los profesionales en Ciencias Económicas tuvieron con el administrador federal de AFIP, Leandro Cuccioli, se aseguró que la plataforma SiAp quedará derogada, a cuyos efectos el organismo fiscal dictará una resolución general. 

Como consecuencia de ello se confirmó que Impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, ambos por aplicaciones web, se deberán determinar y liquidar por separado, lo que no deja de ser un paso atrás, al menos en esta instancia, en lo que hace a la celeridad de la presentación.

No obstante, la AFIP prometió que hoy cargará los datos que conoce del contribuyente de su presentación 2016 y se pondrá a disposición una versión de la aplicación con los problemas solucionados, que dieron motivo a las quejas de los contadores; entre otros, se amplían los datos de las entidades financieras cuando ya se cuenta con la CBU.

Las entidades profesionales, por su parte, deberán reportar si continúan los inconvenientes. Hay que tener en cuenta que en un mes operan los vencimientos que este año se habían logrado ubicar en junio, para mayor comodidad recaudatoria.

Consultado el tributarista Marcelo Rodríguez sobre la situación, supo resumirla con criterio: "La AFIP puso a disposición de los contribuyentes la aplicación web para Ganancias y Bienes Personales. Los contadores tenemos 30 días para hacer las liquidaciones mientras el fisco dispone de seis años para fiscalizarlas". No hay que olvidar, explicó, que "las declaraciones juradas con errores u omisiones tienen implicancias penales".

La buena noticia pasa porque la AFIP implementaría planes de pago con mayor cantidad de cuotas, lo que ayudará al cumplimiento.

Pareciera que en una sociedad que pretende reformularse para mejorar, los ciudadanos -a la postre los contribuyentes- deberían comenzar a tomar conciencia de estos destiempos a la par de los funcionarios. Se trata de una realidad que perjudica a todos y que, de momento, sigue reiterándose

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