Los alcances de la veda electoral que debe comenzar el viernes próximo, a partir de las 8 horas en todo el país

Los alcances de la veda electoral que debe comenzar el viernes próximo, a partir de las 8 horas en todo el país

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe: Realizar actos públicos de proselitismo. La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector. La distribución de boletas de sufragios a los electores, entre otras cosas

Las diferentes prohibiciones que comenzarán a regir en todo el país, durante el periodo de veda electoral establecido en el Código Electoral, con motivo de la realización de las Elecciones, este domingo 22 de Octubre. Desde este viernes 20, a partir de las 8 horas.

Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios, el Código Electoral Nacional establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben:

– Los espectáculos populares al aire libre.

– Los espectáculos populares en recintos cerrados.

– Las fiestas teatrales y deportivas.

– Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

– Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibido:

– La realización de reuniones de electores en los domicilios.

– La utilización de las viviendas como depósito de armas.

– La apertura de organismos partidarios.

– La distribución de boletas de sufragios a los electores.

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral se prohíbe:

– Realizar actos públicos de proselitismo.

– La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

– La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe:

– La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

– Tener abiertas las casas destinadas al expendió de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

Con el fin de garantizar que todo se desarrolle con normalidad, al igual que elecciones anteriores, se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 00 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva.

A partir de las 00. Los boliches deben estar cerrados. En los bares o restaurantes tampoco se pueden vender bebidas alcohólicas.

También el domingo serán suspendidas todas las actividades públicas hasta tres horas después de los comicios.

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