Allen: “Por irresponsabilidad municipal, vecinos y turistas están en riesgo”, advierte SUTCAPRA

Allen: “Por irresponsabilidad municipal, vecinos y turistas están en riesgo”, advierte SUTCAPRA

La delegación Río Negro del SUTCAPRA denunció a la intendenta municipal de Allen, Sabina Costa, por incumplimiento de la Ley de Espectáculos Públicos en el marco de una nueva edición de la Fiesta Nacional de la Pera, a realizarse el 20, 21 y 22 de enero.

 

“Hacemos responsable a la intendenta Costa de lo que pase en el transcurso de la fiesta ante el incumplimiento de la normativa vigente y la utilización de personal sin habilitación para realizar la seguridad del evento”, enfatizó Lisandro Etchepare, titular de SUTCAPRA Río Negro.

El dirigente sindical recordó que el pasado 13 de diciembre solicitaron una audiencia con la Jefe Comunal para poner a disposición del municipio “toda nuestra capacitación y conocimiento” con la intención de generar en forma conjunta un acertado plan de seguridad, en cumplimiento de la ley.

“Lamentablemente no obtuvimos respuesta del municipio. Es preocupante que quienes tienen que velar por la seguridad de sus vecinos no tomen conciencia de la importancia de asegurar la participación de personal de control preparado y capacitado, con empresas registradas y habilitadas”, destacó el sindicalista.

Y agregó: “Nosotros desde SUTCAPRA venimos trabajando desde años en la formación profesional de los trabajadores, y nos preocupa el desinterés de algunos municipios en relación a cuestiones de seguridad de las personas. Ojalá no pase nada, pero por irresponsabilidad municipal todos los asistentes a la fiesta estarán en riesgo”.

En ese sentido, desde el sindicato de trabajadores de control de admisión y permanencia alertaron sobre los riesgos que conlleva realizar un evento de semejante magnitud sin hacer valer lo establecido por la legislación nacional 26.370, adherida por la provincia en 2008 a través de la Ley 4.351, que establece las reglas de habilitación del personal y empresas que realizan tareas de control de admisión y permanencia de público en general.

Según su artículo 2, la presente ley será de aplicación a los eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general que se celebren o realicen en lugares de entretenimiento, aun cuando éstos se encuentren situados en espacios abiertos, en la vía pública, en zonas marítimo-terrestres o portuarias o en cualquier otra zona de dominio público.

Ante tal situación, Etchepare invitó a todos las autoridades provinciales y jefes comunales a “involucrarse en la formulación de planes de seguridad para eventos y problemáticas de nocturnidad”, y puso a disposición del Estado “todo el material humano y técnico” del gremio para llevar adelante los controles necesarios.

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