Argentina es offshore friendly

Argentina es offshore friendly

El Ministerio de Justicia flexibilizó las condiciones para el ingreso y el registro de empresas establecidas en guaridas como Bahamas o Islas Caimán, entre otras. La resolución dictada a través de la IGJ también elimina controles elementales.

 

La Inspección General de Justicia (IGJ) flexibilizó los requisitos de inscripción que debían cumplir las sociedades extranjeras para establecer una sucursal en la Argentina o asociarse a empresas locales. La resolución 6/2018 eliminó el requerimiento para que las firmas extranjeras acrediten sus actividades fuera del país y borró la exigencia para que individualicen a sus socios. La normativa fue presentada por el organismo dependiente del Ministerio de Justicia como un mecanismo para “simplificar”, “facilitar” y “agilizar” los procedimientos administrativos que deben realizar las empresas. Un informe elaborado por el Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica (Cipce) advierte que los cambios introducidos a fines de agosto facilitan y promueven la incorporación de sociedades offshore. 

Las empresas que a partir de la publicación de la normativa de la IGJ pueden ser registradas con facilidad en la Ciudad de Buenos Aires son las mismas estructuras que quedaron expuestas en las últimas dos megafiltraciones de información del mundo offshore: Panamá Papers y Paradise Papers. Establecidas en guaridas fiscales y financieras donde tienen prohibido realizar prácticamente cualquier tipo de actividad comercial, las sociedades offshore son vehículos para operar de manera anónima alrededor del mundo. Las firmas están diseñadas a medida pero su principal atributo es ocultar la identidad de sus verdaderos dueños. Permiten así canalizar maniobras abusivas de evasión, fuga y lavado que no solo afectan el financiamiento de las políticas públicas sino que al facilitar la salida de dólares se convierten en una fuente permanente de inestabilidad económica para países como Argentina. 

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“El espíritu principal de la nueva norma está lejos de promover la desburocratización del Estado. Se trata más bien de la apertura de una puerta para el ingreso de capitales extranjeros sin importar su procedencia”, advierte el reporte de la abogada María Eugenia Marano, del Cipce. La flexibilización de los requisitos de inscripción de una sociedad extranjera fue acompañada por una relajación en los controles anuales realizados por la IGJ sobre esas empresas.

“La resolución da un vuelco de ciento ochenta grados en materia de control societario sobre las sociedades extranjeras en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. Vuelve el tiempo atrás y nos retrotrae a la normativa existente antes de 2003”, considera Marano al enfatizar que la IGJ “intenta flexibilizar o, mejor dicho, casi eliminar los requisitos de inscripción y regímenes informativos que las sociedades extranjeras debían cumplir para poder establecerse en la Argentina”. 

Antes de la publicación de la resolución 6/2018 en el Boletín Oficial el 29 de agosto, las offshore tenían prohibida su inscripción en la IGJ como sociedades extranjeras. Para desarrollar actividades o participar en otras sociedades debían adecuarse a la legislación argentina, cumpliendo con una serie de procedimientos. Esas restricciones fueron eliminadas y, según advierte el Cipce, se abrió la puerta para que se inscriban empresas provenientes de guaridas como Islas Caimán, Islas Vírgenes Británicas o Bahamas, entre otras.

“Introdujo la posibilidad de que la IGJ analice la inscripción de sociedades provenientes de países con regímenes tributarios especiales o considerados no cooperadores en materia de transparencia fiscal, mediante el requerimiento de documentación que acredite actividad económicamente significativa en el exterior”, explica el Cipce.

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