Avellaneda: la justicia bonaerense le puo un freno a Ferraresi y falló a favor de los municipales

Avellaneda: la justicia bonaerense le puo un freno a Ferraresi y falló a favor de los municipales

La Suprema Corte bonaerense falló a favor de la Mutual del sindicato de municipales de Avellaneda y Ferraresi vuelve a quedar en offside frente a su fanatismo en contra del STMA.

 

Jorge Ferraresi, intendente de Avellaneda, desde hace varios tiene al sindicato de municipales de Hernán Doval como blanco político y se empeña en desprestigiarlo. En esta oportunidad, la Justicia volvió a cachetearlo y le dio por legal y legitimo el código de descuento que el propio Jefe Comunal le quitó a la Mutual de los trabajadores del municipio, afiliados en el STMA.

Ferraresi presentó una demanda y el juicio comenzó en 2014. El kirchnerista le quitó los códigos de descuento a la MUTRAMA (Mutual de Trabajadores Municipales de Avellaneda) y allí comenzó un camino duro para el gremio, ya que si se comprobaba que el funcionario tenía los avales y las pruebas, podría hasta fundir la mutual, aunque al tiempo la Corte elevó un recurso de amparo y una medida cautelar que le dieron a Doval aire por el tiempo que la misma defina la cuestión de fondo.

La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires fue implacable en su fallo y no dio lugar, luego de varios años de estudiar el caso, al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por Ferraresi. Para peores del intendente del distrito lindante al Puente Pueyrredon, la Justicia lo condenó a afrontar las costas y a hacerse cargo del pago de los honorarios de los abogados de de la Mutual.

“La sentencia habida confirma lo resuelto por la Cámara de Apelaciones y señala que el motivo de la condena ha sido “…la falta de un procedimiento previo a la decisión…” de parte de la municipalidad de lo que concluyó que el acto administrativo que nos quitó los códigos de descuento ha sido irrazonable”, declararon a través de un comunicado de prensa desde el gremio municipal.

La sentencia confirma la arbitrariedad del fallo y en un tramo de la manda, sostiene: “…el objeto de la acción de amparo incoado por MUTRAMA comprometía derechos de rango constitucional, especialmente, el derecho al debido proceso (art. 18, Const. Nac.) y el principio de tutela judicial efectiva (arts. 19 Const. Nac. y 15 Const. Prov.) frente a un acto que se tachó de arbitrario (art. 28, Const. Nac.)” “…Entendió que el obrar administrativo, en la especie, deviene ostensiblemente irrazonable en franca y arbitraria violación de los derechos  constitucionales referidos”.

De esta manera, el empecinamiento de uno de los caballos de Cristina Kirchner en el conurbano vuelve a encontrar un freno, esta vez en la Justicia.

Archivo julio de 2016, Hernán Doval ganaba las elecciones del gremio y denunciaba aprietes por parte del personal del Ejecutivo de Ferraresi:

Comentá la nota