COVID-19: El SOMRA reclama al empresariado que cumpla las normas dictadas por el gobierno nacional

COVID-19: El SOMRA reclama al empresariado que cumpla las normas dictadas por el gobierno nacional

Ante la pandemia por COVID-19 y para que no haya “distracciones u olvidos”, la conducción del Sindicato de Obreros de Maestranza de la República Argentina (SOMRA), recordó a todos los involucrados en la actividad, que deben cumplir con las determinaciones dispuestas en los decretos presidenciales 260/2020; 297/2020; 315/2020; 325/2020; 332/2020; 347/2020; 355/2020 y 367/2020. 

El gremio que encabeza el Secretario General Oscar Rojas, aclaró que también están en vigencia “las resoluciones del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº 178/2020; 202/2020 y 207/2020; además de las decisiones administrativas Nº 429/2020 y 450/2020; donde se establecen nuevos derechos y obligaciones de estricto cumplimiento”.

La advertencia del SOMRA tiene por objetivo responder a las múltiples consultas recibidas por parte de sus afiliados ante algunas actitudes asumidas por el sector empleador.

“Respetando los derechos de todos, se logrará dar un paso positivo en la tarea de reducir las problemáticas que sufren los trabajadores. Sin protección de la masa trabajadora, no hay país posible. Trabajemos todos unidos para salir adelante”, sostuvo Rojas. 

Asimismo el gremio recordó que el DECRETO PRESIDENCIAL N° 367/2020 estableció a COVID-19 como una enfermedad de carácter profesional no listada por lo que las aseguradoras de riesgos del trabajo deben adecuar sus coberturas para que los trabajadores damnificados reciban, en forma inmediata, las prestaciones correspondientes, lo que obliga al sector empresario a disponer de todos y cada uno de los mecanismos interno-administrativos y contables tendientes a llevar a cabo dicha labor sanitaria para con sus dependientes. 

De omitirse las instrucciones que figuran en los Decretos, Resoluciones y Decisiones administrativas determinadas por el Gobierno Nacional, las empresas incurrirán en directa infracción, lo que puede acarrear, como consecuencia, denuncias ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, además de las correspondientes acciones judiciales civiles y penales.

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