¿Deben sindicalizarse policías y guardiacárceles?

¿Deben sindicalizarse policías y guardiacárceles?

Un proyecto de ley del diputado Monge y una causa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación actualizan la discusión • Como trabajadores tienen derechos laborales, pero como servidores públicos se imponen restricciones para el uso de medidas de fuerza.

Dos noticias sobre el derecho a la sindicalización de los uniformados (fuerzas policiales, penitenciarias y militares) actualizan un viejo debate sobre la posibilidad de que existan sindicatos de policías y militares en la Argentina.

Proyecto de Monge

Ingresó a la Cámara de Diputados de la Provincia una iniciativa del legislador Jorge Monge (UCR – Diamante) que dispone reconocerles a los integrantes de la fuerza de seguridad de la provincia el derecho “a asociarse libremente a organizaciones para la defensa de sus intereses”.

El proyecto modifica el inciso l del artículo 14, que estipula los derechos de los efectivos policiales, en la Ley 5.654, Reglamento General de la Policía. El inciso quedaría redactado del siguiente modo: “El ascenso en la carrera policial por estricto orden de mérito, recibir capacitación permanente y equipamiento adecuados,  asociarse libremente para  la defensa de sus intereses y la convivencia familiar”.

Es decir, “con la incorporación de este inciso el personal de la fuerza de seguridad de la provincia podrá desplegar actos y conductas tendientes a su sindicalización,  en tanto que tales actos o conductas no alteren el normal funcionamiento del servicio de seguridad que le es propio y en tanto no se aparten del orden jerárquico y la cadena de mandos  vigentes,  no incurrirá en faltas que conlleven sanciones”, señaló Monge y agregó: “Estamos en presencia de un servicio que no puede suspenderse, pero hay otras vías para la protesta, sin caer en la huelga”. El antecedente más inmediato fue el acuartelamiento de diciembre de 2013, donde se vio la falta de un canal institucional de diálogo para resolver problemas laborales y salariales, que estuvieron en el centro de la disputa de un sector de la fuerza con la superioridad y el poder político.

Sindicatos a la Corte

Por otro lado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación llamó a audiencia para el 13 de agosto próximo por pedido de sindicalización de policías. El supremo tribunal del país invitó a participar a organizaciones que reúnan la característica de ‘amicus curiae’. Luego, el máximo tribunal definirá sobre el pedido para inscribir como gremio al Sindicato Policial de Buenos Aires (SiPoBA).

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, se opone a la creación del sindicato policial y también argumentó por la negativa en otras causas que debe resolver la Corte: las demandas promovidas por el Sindicato de Policías y Penitenciarios (Sinpope), la Unión de Policías y Penitenciarios de Argentina Córdoba (único con fallo de segunda instancia a favor de la demanda) y la solicitud de una agente, Adriana Rearte, para que se autorice al personal del Servicio Penitenciario cordobés a asociarse sindicalmente.

Antecedentes mundiales

En el proyecto de Monge se indica que la sindicalización de las Fuerzas Armadas está autorizada en Israel, Alemania y Estados Unidos. “Otro tanto ocurre con las fuerzas policiales en Uruguay, Suecia, España, Bélgica. En dichos países, el servicio de la defensa y de la seguridad, en modo alguno se ve obstaculizado, resentido o suspendido por la actividad sindical”, aclara el diputado radical.

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