Las dudas de los empresarios sobre los proyectos de teletrabajo que se analizan en el Congreso

Las dudas de los empresarios sobre los proyectos de teletrabajo que se analizan en el Congreso

Hay críticas por un "excesivo reglamentarismo", el impacto en las pymes y el avance sobre facultades del empleador. Para Funes de Rioja, debería acordarse la modalidad en los convenios. El sector patronal expondrá su posición el lunes ante la comisión legislativa

El sector empresarial observa con preocupación el avance de los proyectos de ley sobre el teletrabajo en la Cámara de Diputados porque algunos de los contenidos de las iniciativas que trascendieron se contradicen con la facultad de organización y de dirección del empleador en las empresas o representan un “excesivo reglamentarismo” que puede conspirar contra esta modalidad laboral.

Luego de las dos reuniones informativas que tuvo esta semana la Comisión de Legislación del Trabajo de Diputados, con el ministro Claudio Moroni, las tres centrales obreras y sindicatos del sector de telecomunicaciones e informáticas, recién ahora se está definiendo la convocatoria para el lunes a empresarios, abogados laboralistas y otros expertos para que brinden su opinión sobre el tema.

“Hasta ahora no fuimos citados (por la comisión legislativa) ni nos informaron de los proyectos, y lo que hemos visto de ellos no es para una nueva legislación pues ya está en el ámbito de la Ley de Contrato de Trabajo y cualquier estipulación adicional debería ser producto de la negociación colectiva exclusivamente”, dijo Daniel Funes de Rioja, uno de los vicepresidentes de la Unión Industrial Argentina (UIA) y titular del Departamento de Política Social de la entidad.

Los diputados están tratando de consensuar en un dictamen único los 14 proyectos de ley que se presentaron para regular el teletrabajo y algunos de sus ejes son comunes a casi todos. Uno que despierta inquietud en el empresariado es la reversibilidad de los puestos a distancia, es decir, la posibilidad de que un empleado que trabaja a distancia decida regresar a la modalidad presencial.

El ministro de Trabajo, Claudio Moroni, en la reunión informativa sobre el teletrabajo en Diputados

Este principio está incluido en el Manual de Buenas Prácticas del Teletrabajo que elaboró la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2011, aunque lo reconoció “tanto si lo solicita el teletrabajador como la empresa”, a la vez que estableció que “el derecho a regresar a la actividad presencial es un derecho de ambas partes”. En los proyectos de ley argentinos, sin embargo, esa decisión está sujeta sólo a la voluntad del trabajador, algo que, según especialistas en Derecho Laboral, viola los artículos 64 y 64 de la Ley de Contrato de Trabajo, que le otorgan al empleador la facultad de organización y dirección de la empresa.

Para Funes de Rioja, “es absolutamente irrazonable que el trabajador pueda, por su exclusiva voluntad, revertir el contrato para dejar el home office y convertirlo en presencial porque eso implica que toda la logística debería adaptarse simplemente a la voluntad del trabajador”. “Con esto, lo que va a desaparecer es el teletrabajo”, advirtió a Infobae el directivo de la UIA.

No es el único aspecto que avanza en la comisión legislativa y que despierta la alerta empresarial. De por sí, un directivo de una importante empresa, que pidió no ser identificado, encontró otra arista que puede resultar problemática para el sector: “Lo que están planteando algunos diputados es inaplicable para las pymes -señaló-. No se discrimina entre empresas grandes y pequeñas o medianas, donde ciertos costos de instrumentación del teletrabajo que plantean serán otra complicación”.

En general, entre los hombres de negocios se visualiza que los proyectos en danza tienen un “exceso de reglamentarismo” cuando hasta ahora el teletrabajo se aplica en muchas compañías con acuerdos que ya llevan años de funcionamiento “armónico” y añaden otro componente que causa escozor: “En algunas de las iniciativas se demoniza al sector empresarial porque parecen pensados como si el empresario que aplica el teletrabajo fuera a llamar a la gente a las 3 de la mañana”.

Héctor Daer, de la CGT, participó de la reunión de comisión de Diputados para hablar sobre el teletrabajo

Para Marcelo Aquino, abogado laboralista que asesora a empresas, no era necesaria una ley marco como impulsan el Gobierno y el Congreso, sino seguir acordando la modalidad del trabajo en las convenciones colectivas de trabajo, que también es la postura que sostiene la CGT. “En la Argentina regulamos hasta la cantidad de agua que tenemos que tomar, pero es un grave error -dijo a Infobae-. Telecom y muchas empresas IT (vinculadas con las tecnologías de la información) instrumentaron las mejores prácticas sobre teletrabajo y no fue necesaria ninguna ley. Lo único que regularía serían las condiciones de higiene y seguridad a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo”.

El abogado objetó también distintos artículos de los proyectos de ley sobre el tema y que seguramente figurarán en el texto consensuado que se debatirá en el recinto de Diputados. Por ejemplo, consideró que es inconstitucional que una ley incluya el teletrabajo como un ítem para ser discutido en los convenios: “No se puede imponer una materia de discusión en la negociación colectiva -sostuvo-. Hay un fallo de la Corte en el caso Cocchia, a partir de un decreto de Domingo Cavallo que avanzó sobre un sindicato portuario, en el que se declaró la inconstitucionalidad de las leyes que obligan a las partes a establecer qué tiene ser negociado entre las partes porque se entiende que todo lo que no está previsto por la ley de orden público es materia de negociación colectiva”.

Por otra parte, varios de los textos que elaboraron los diputados incluyen el derecho a la desconexión del trabajador, al que también reconoce la OIT. Aquino coincidió en que se debe incluir, aunque, afirmó, “el tema es cómo y bajo qué circunstancias: en algunos proyectos se contempla el caso de los empleados que tienen hijos o padres que cuidar, pero con un índice de desempleo tan alto como en la Argentina es condenar a ese trabajador a que no consiga más empleo”. Agregó que “lo que es una garantía cuando hay una crisis económica significa una desprotección de ese empleado”.

Diputados trata de consensuar 14 proyectos para regular el teletrabajo

Con respecto a la reversibilidad, el abogado destacó, en sintonía con Funes de Rioja, que “el derecho de organización le corresponde a la empresa”, por lo que “no debería figurar nada sobre el tema sino sólo permitir que se acuerde”. “Además, si un empleador le dice a un empleado que va a trabajar determinada cantidad de días en forma presencial -indicó-, técnicamente es ius variandi (la facultad que tiene el empleador de alterar las condiciones no esenciales del contrato laboral), por lo que habrá que analizar cada caso en particular para determinar hasta dónde ese ius variandi es abusivo o no”.

Otro punto que puede ser controvertido, admitido por Moroni en la reunión informativa de Diputados de este miércoles, es la fiscalización en los domicilios. “Algunos proyectos contemplan que el Ministerio de Trabajo podrá hacer inspecciones con consentimiento del trabajador. Ahora, ¿qué pasa cuando el trabajo remoto no se realiza desde la casa sino en un café? En ese punto hay que reglamentar y tiene que trabajar mucho la Superintendencia de Riesgos del Trabajo”.

Como conclusión, Aquino juzgó que iniciativas de este tipo “perjudican a la empresa” y destacó: “Estamos en la época de proyectos muy duros, pero las relaciones laborales tienen que ser un punto de equilibrio”.

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