Ley de góndolas: una peligrosa vuelta al pasado

Ley de góndolas: una peligrosa vuelta al pasado

Se pensaba al principio que este proyecto de ley no se iba a aprobar fácilmente. Que era muy difícil superar el informe y la oposición de los mismos asesores de los legisladores.-

Que no hacía falta meterse, dado que el proyecto nunca podía considerarse como positivo por los legisladores. Que no pasaría el filtro del estudio y las críticas en las comisiones de Comercio Interior de ambas Cámaras. Que era un tema de campaña.  Ayudaba a esto, que el proyecto de ley, es fatigante solamente de leerlo por primera vez. Pocos saben y hablan del contenido de la propuesta. Aun así, el proyecto sigue avanzando.

Es, en realidad, un proyecto complicado. Parece un proyecto para otro país. No se puede abordarlo fácilmente. Es confuso y, a veces,  contradictorio, fundamentalmente, eterno.

Te lleva una jornada, solo leerlo.

Si bien no es difícil criticar el proyecto, el problema es que los lectores entiendan primero de qué se trata, en este limitado espacio. Digamos - para comenzar- que los proyectos de Ley de góndolas "son un verdadero desatino, están todos mal, muy mal”.

Solamente alcanza para probar esto último, por ejemplo, que obliga a cada uno de los miles de proveedores de supermercados a firmar un contrato comercial con una larga lista de cláusulas de absurdos requisitos, que además no se sabe si son o no de orden público o disponibles para las partes. Pero se olvida que al hacerlo, cada uno de esos contratos debe estar instrumentado, sellado y firmado por las partes, con lo cual viene con otro problema mayor.

El tema es que innecesariamente, por estos contratos (y sus responsables solidarios, no lo olvidemos), por las mismas leyes fiscales, se debe tributar fortunas en el impuesto a los sellos en cada una de las jurisdicciones donde tengan actividad comercial, operatividad y vigencia, o en la totalidad de las jurisdicciones por el factor de atribución económica que tengan en las mismas -o sea, probablemente en todo el país-.

Otro tema absolutamente irregular del proyecto de ley es hacer obligatorio el Código de Buenas Prácticas Comerciales, y con ello terminar de destruir un logro de los dirigentes y socios de las cámaras empresarias alimenticias, de los proveedores y supermercadistas, que al unísono, y luego de largas negociaciones, lograron implementar un sistema muy valioso e inédito, de “autorregulación comercial” que, en su momento, ayudó a salir de un gran crisis y  que, hasta el momento, tiene un enorme reconocimiento; y que fue y sigue siendo un verdadero precedente que se sigue tomando como modelo en otros países, incluso luego de tantos años.

Pero hoy el país es otro. También hay urgencias. Estamos en  “emergencia”.  Está sucediendo.

En la Argentina se nos acabó el tiempo para seguir “paisajeando intelectualmente”. Debemos volver a “las cosas”, y enfocarnos en los temas relevantes.

Tenemos que empezar a definirnos en las cuestiones más sensibles que conmueven actualmente al mundo. Por ello concretamente nos debemos preguntar. Por sí o por no:  ¿Estamos o no del lado del capitalismo, y en todo caso, estamos o no con las  libertades responsables propias de la economía de mercado, tal cual la conocemos? Que el Estado actúa excepcionalmente en el mercado ante carencia y necesidades sociales. ¿Creemos o no en la propiedad privada, sobretodo de los medios de producción? ¿Estamos o no de acuerdo en la suficiencia del mercado para sacar al país de su decadencia, o se requiere el direccionamiento y la intervención del Estado y sus circunstanciales políticos con las ideas que nos gobiernan, o alcanza con dejar a los privados actuar en el día a día, aun con asistencia estatal? Dejar al Estado solo la responsabilidad de la macroeconomía.-

La sociedad ya no cree que vayamos a triunfar en la lucha contra la inflación y bajar los precios solamente acusando y castigando empresarios y comerciantes con leyes como la de Abastecimiento (20.680) o ahora, la de Góndolas. Queremos ir saliendo de este círculo vicioso con consensos. Hoy la sociedad nos está observando. Nos miramos con ojos críticos.

Nos damos cuenta que la gente ya no cree en estas teorías que solo se agotan en demonizar a las empresas. Que deslindan su responsabilidad. Miremos lo que pasa en Chile. Es la gente en las calles la que reclama soluciones más consistentes. Algo inimaginable hasta hace poco.

Cualquiera de los proyectos de “Ley de góndolas” van en el mismo camino. Nos llevan y no nos sueltan de un pasado absolutamente equivocado como lo fue la misma Ley de abastecimiento.

Es un momento bisagra para nuestro destino como Nación. En el análisis puntual de cualquier tema que hoy uno somete a análisis no se puede dejar de tener en cuenta a dónde queremos llevar a nuestro país.

Así es hora de que tanto el sector profesional, como empresario o el sindical y, tanto más, el político se definan. Si estamos o no del lado de la economía de mercado para luego saber cuál es el rumbo a seguir, la ruta más adecuada y el destino al cual quieren alcanzar, siempre comprendiendo que la travesía sigue al día siguiente.

Hay que definir qué son los sindicatos y cuál es su función en la sociedad, pero también, qué son las cámaras empresarias y qué tipo de agrupamiento societario son, qué tipo de responsabilidad y función social tienen que cumplir en la misma en la comunidad que les da un lugar para que se reúnan y se expresen corporativamente.

Las cámaras empresarias y los mismos sindicatos son entidades que se formaron para aportar y defender una visión particular y sectorial. Fructifican el debate. Defienden naturalmente sus intereses. Pero no son “sociedades de socorros mutuos”.

No olvidemos que estas entidades como tal, están exentas del impuesto a las Ganancias, de sellos también, puesto se considera que aun en el porcentaje y en el limitado lugar que les toca para el cumplimiento de su función, reemplazan la actividad y responsabilidad del Estado, que delega en ellas parte de sus funciones públicas propias.

Son sociedades civiles sin fines lucro. No tienen, ni pueden tener  “ganancias”. No se pueden retirar dividendos. Tampoco usarlas para beneficio económico de sus asociados. Salvo los sueldos y honorarios de sus integrantes (no hace mucho reconocido por la IGJ) , los ingresos excedentes que puedan tener, están destinados al sostenimiento y crecimiento de la entidad.  Así son sociedades civiles sin fines de lucro constituidas para el cumplimiento de funciones sociales sectoriales relevantes.-

Los proyectos de Ley de góndolas nos llevan para atrás más de 40 años. Nos llevan a épocas de la Ley de abastecimiento, al control de precios, al control total de las relaciones jurídicas  privadas -la polémica ley 20.680 fue sancionada en 1974, a pocos días de la muerte del entonces presidente Juan Domingo Perón-.

Sin embargo, y por las actitudes y comentarios de nuestros políticos, el Gobierno, sus diputados y la misma actual oposición en transición y por el trámite legislativo en curso, parecería que se considera que la normativa estará vigente en corto plazo.

Será como volver al pasado, pero con otro nombre. Antes: Ley de abastecimiento, ahora Ley de Góndolas. La verdad no sé qué es peor.

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