El juez Rafecas sobreseyó al empresario Tettamanti acusado de “autocontratarse”

El juez Rafecas sobreseyó al empresario Tettamanti acusado de “autocontratarse”

En 2013, Horacio Tettamanti era Subsecretario de Puertos y Vias Navegables y una licitación salió favorable a la firma SPI. Como era de su propiedad previamente a su cargo lo denunciaron. Pero finalmente fue sobreseido de ese delito y de "enriquecimiento ilícito".

El juez Daniel Rafecas sobreseyó al empresario naval marplatense Horacio Tettamanti en una causa en la que se lo acusaba de haber contratado a su propia empresa mientras era Subsecretario de Puertos y Vias Navegables en el año 2013.

“En razón de que el delito no fue cometido por el encartado, haciendo expresa mención que la formación del presente en nada afecta el buen nombre y honor del que gozare”, Rafecas decidió el sobreseimiento y el archivo del expediente por los delitos “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública” y “enriquecimiento ilícito”.

Una publicación periodística del diario La Nación en abril de 2015 impulsó a la Oficina Anticorrupción del Ministerio de Justicia de Derechos Humanos a denunciar a Tettamanti.

En dicho artículo se aseguraba que la empresa Servicios Portuarios Integrados (SPI) había sido adjudicataria de la licitación pública para priveer un simulador de navegación, destinado para la escuela Nacional de Náutica, cuyo costo habría ascendido a 998.445 pesos. En ese entonces Tettamanti, propietario de SPI, era Subsecretario de Puertos y Vias Navegables. También señalaba la nota que aunque Tettamanti había renunciado, su esposa continuaba en la firma como directora suplente.

La denuncia dejaba entrever la sospecha de un “direccionamiento de la contratación” por parte de Tettamanti a SPI. Al mismo tiempo la Oficina Anticorrupción presentó otro hecho en el que mencionaba la posible comisión del delito de enriquecimiento ilícito.

Sin embargo, tras analizar el expediente Rafecas concluyó en que “resulta claro que la firma SPI S.A. no trabaja para el Estado, pues el porcentaje de facturación para las reparticiones de éste, en el año 2014, representó sólo un 1,405% del total de lo facturado por dicha empresa comercial”.

Luego agregó que “a modo de corolario, entiedo que la conducta desplegada por Horacio Luís Tettamanti no puede ser objeto de reproche penal. Pues, el encartado, no sólo renunció a su puesto de presidente del directorio de la firma que fundó para evitar incompatibilidades con el cargo asumido en el Estado Nacional como Subsecretario de Puertos y Vías Navegables, sino que además, nombró en su reemplazo a Sandra Noemí Cipolla y transfirió su paquete accionario y el de su cónyuge Adriana Grande (quien permaneció todo el tiempo como directora suplente de SPI S.A.) a Nación Fideicomisos; y todo ello ocurrió con anterioridad a la adjudicación por parte de la Armada Argentina licitatorios examinados en autos, de los que SPI S.A. intentó desistir de participar y que finalmente llevó a cabo con el fin de colaborar con la enseñanza del servicio naval, por pedido expreso de la Subdirección del Estado Mayor General de la Armada, a pesar de que, lejos de significarle un beneficio económico a SPI S.A., le provocó una significante pérdida financiera”.

En cuanto al delito de enriquecimiento ilícito, el juez señaló en su fallo que “desde el punto de vista penal (…) lejos de contener reproches de índole ilícito en los términos de las conductas sancionadas por art. 268 de Código Penal, se limitó a expresar diferencias de tipo contable impositivo, las cuales recibieron las correspondientes explicaciones en el ámbito administrativo y fueron reproducidas y ampliadas a lo largo de la presente investigación”.

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