Muerte indigna

Muerte indigna

Sistema de salud local | Tras graves denuncias contra el Hospital Español, se conoció la condena al director de la Clínica Mitre. La salud de los pacientes de PAMI padece el peor de los abandonos. Crueldad y desidia contra los más débiles.

 

Los relatos de desatención en el Hospital Español son moneda corriente en esta ciudad, en la que el PAMI saca y pone a los pacientes de las cápitas de los centros de salud sin que medie consulta ni aviso. Es decir, que quien termina condenado a internarse en sus camas simplemente se resigna a lo que pase, porque no tiene opción a la queja.

Recientemente se conoció la tragedia familiar de Gabriela, que como enfermera conoce perfectamente cuáles son los procedimientos de protocolo para la atención de un paciente, pero tuvo que atravesar el horror de ver morir a su padre con el peor de los tratos, y así lo relató en la 99.9.

“Fueron 8 días de terror. Llevé a papá con una patología complicada, un cáncer de próstata. Antes lo habíamos llevado dos veces y lo rebotaban, no lo querían hacer ingresar. Como soy enfermera, traté de hacer lo posible e imposible en casa hasta que lo tuve que llevar y el Dr. Pablo lo aceptó porque lo conozco. Después, quedó a la deriva”.

Lo que le tocó vivir le permitió dar una definición del trabajo deficiente que se realiza en el sanatorio: “no hay otra forma de llamar a los que trabajan ahí, son asesinos. Enfermeros, enfermeras, la mayoría auxiliares que no están autorizados para realizar ninguno de los procedimientos que hacen. Hubo un día que quedó mi hijo porque yo trabajo 14 horas y cuando llegué eran las 22. Me puse a revisarlo y le descubrí una chata que estuvo puesta cerca de 7 horas. No puedo conseguir aún el nombre del enfermero o enfermera que hizo esa guardia”.

Gabriela decidió hacer público lo sucedido, pero también accionará legalmente: ya recibió el testimonio de más de 1.000 personas con casos similares. Agregó que no era verdad que el hospital estuviera colapsado, porque cuando lo recorrió pudo verificar que había personal. Ella sólo pedía que su padre tuviera una muerte digna, pero lamentablemente fue lo peor: “terminó su vida como un perro. Cuando falleció, estaba en un sucucho al costado del hospital, había que salir por un patio, tirado en una camilla envuelto en una sábana, condiciones que no son dignas ni siquiera para una persona fallecida”.

Habría que preguntarse dónde está la voz del PAMI, que es el organismo del Estado que contrata este servicio para sus pacientes más débiles. Ante esta crueldad permanece aparte, y sólo realiza un apercibimiento que no pasa de una multa. Su único argumento es que en Mar del Plata no hay camas, pero ubican a las personas dentro de la cápita de los sanatorios más carecientes cuando saben que no les quedará otra opción que recibir esta atención. Los ancianos no pueden contratar otra obra social o prepaga, porque no son aceptados por el alto riesgo que implican.

Negligentes

Recientemente, el juez Pedro Federico Hooft —desde el juzgado en lo correccional nº 4— condenó al médico  Guillermo Acosta Haab a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, más siete de inhabilitación para el ejercicio de la profesión médica. Lo consideró responsable del homicidio culposo de una joven de 33 años que padecía hidrocefalia congénita, por ser él el director de la Clínica Mitre SRL. Allí, los profesionales médicos que asistieron a Diana Bonellis desde su internación, tenían pleno conocimiento de su enfermedad porque ella ya había tenido diversas complicaciones, e intervenciones quirúrgicas.

Un paciente con hidrocefalia activa manifiesta síntomas típicos tales como vómitos, cefaleas, náuseas e inclusive convulsiones a causa de la hipertensión endocraneana. Todos estos síntomas se encontraban presentes en Diana Bonellis, al menos desde 48 horas antes de su internación, y se agudizaron con el cuadro convulsivo que precedió a su muerte.

Si bien en la clínica no se arribó a un diagnóstico definitivo, ya a partir del primer registro en la historia clínica, que el juez verifica como parcialmente ilegible, incompleta y desordenada, se verificaque es una paciente vulnerable, con una  patología de base estrictamente neurológica congénita, con sucesivas intervenciones quirúrgicas para corregir deficiencias o reemplazar las válvulas de drenaje de líquido encefalorraquídeo.

Si Diana hubiera estado compensada, controlada y medicada podría haber recibido atención médica de seguimiento en la Clínica Mitre, a la cual fue asignada por PAMI. Pero ante un cuadro de hidrocefalia activa,debió haber sido derivada a un centro de mayor complejidad, en ese momento al Sanatorio EMHSA (actualmente Sanatorio Bernardo Houssay), también prestador del PAMI.

La clínica debió hacer una inmediata evaluación neurológica exhaustiva, y derivarla para a su atención por el doctor Aldinio, que era quien conocía los antecedentes neurológicos de la paciente.

Pero, en vez de esto, tenemos una historia clínica escueta que indica que el día 28 de julio del 2011 fue revisada por un médico con firma ilegible —que pertenecería Sixto Miguel Poggio—, quien admitió su intervención a pedido de Acosta Haab, a modo de gauchada. El director sabía de la condición delicada de la paciente.

Como la familia no realizó la denuncia de manera inmediata, no se cuenta con una autopsia ni pericia histopatológica, pero se sabe que —minutos antes de fallecer— la paciente convulsionó y tuvo un paro cardíaco.

El sobreseído doctor Jorge Espezua Carrasco fue quien la internó, y consignó que tenía vómitos y cefalea y agregó: “portadora de catéter”. Pero, luego de eso, no consta una interconsulta ni evaluación neurológica exhaustiva.

Tampoco realizaron estudios complementarios, ni hay testimonios de la convocatoria a Aldinio, su profesional de confianza especialista en neurocirugía. En cuanto a las enfermeras que se desempeñaron durante la noche del día 27 de julio a la mañana del día 28 de julio, que no han sido traídas a juicio, dice el juez que su obrar se enmarca dentro de lo que llama “una esfera de la desorganización institucional de la Clínica a la que ya me refiriera, y resulta a su vez violatorio de la ley de los derechos del paciente 26.529 y normas conexas en cuanto al trato digno y respetuoso que todo el personal sanitario debe a los pacientes”.

Cabe agregar que, con la última convulsión que precedió a la muerte, en el piso no había enfermeras ni médico: en ese momento trágico la madre de Diana la dejó a cargo de amigos de la familia para buscar auxilio. Fueron los propios camilleros de SAMAK —que habían sido convocados paratrasladar a la paciente a la Clínica Pueyrredón para realizar la TAC— quienes debieron ocuparse de la emergencia, y de llevar a la paciente a terapia intensiva.

Sin médicos

Sucedió así porque la clínica tenía un único médico de guardia en planta baja, y un médico terapista para una sala de Terapia Intensiva de 8 camas en segundo piso. La sala de internación en primer piso, con 35 camas, funcionaba sin médico permanente. Ante cualquier emergencia, se convocaba a uno de los dos médicos en la clínica —guardia o terapia—, quien debía abandonar sus tareas específicas.

Por eso se establece que Guillermo Acosta Haab es responsable, porque debió designar al menos un profesional médico a cada uno de los servicios, y porque tuvo un obrar negligente al no pedir una urgente interconsulta con Roberto Aldinio. Simplemente adoptó una actitud pasiva a la espera de la realización de la TAC, aunque sabía los antecedentes médicos del caso.

Debió urgir la derivación a un sanatorio de mayor complejidad, el EMHSA, que para ese nivel de patologías complejas la paciente tenía asignada. El médico de Bonellis, Aldinio, sostuvo que no recordaba haber recibido una llamada en ese momento. Afirma haber tomado conocimiento de la internación y fallecimiento unos días después, mediante una comunicación telefónica de la familia.

Frente a una situación de insuperable, duda que impide probar la acusación, el magistrado decide absolver a los médicos Sixto Miguel Poggio, Adhemar Alfredo García, y Gabriela Adriana Rodríguez Martín.

La clínica recibía pacientes con muy diversas patologías, en su mayoría con cobertura de PAMI, es decir, adultos mayores. Se exigía al médico de guardia Alfredo Miguel González que asistiera al llamado de una paciente internada en la sala general, hecho que podría implicar un abandono de su lugar de trabajo, por desatender su deber de cuidado de los pacientes de la guardia. Por eso corresponde declarar también su libre absolución.

Pero sí aprovecha Hooft para preguntar dónde estaba PAMI cuando todo esto sucedía. Cómo pudo el organismo destinar la atención de una paciente neurológica severa a una clínica de segunda categoría, que no cuenta ni con servicio de neurocirugía ni con infraestructura para realizar una tomografía computada urgente para salvarle la vida. En qué estaban pensando cuando la destinaron a un sanatorio que no podría atenderla, cuando su enfermedad no era sorpresa para nadie. Es decir, que la acusación de homicidio culposo que ahora cae sobre el director de la clínica y su negligencia debería caer además sobre el funcionario que, en aquel 2011, decidió que una clínica sin médicos de internación recibiera a sus pacientes más delicados, que no tendrían otra opción.

Y lo mismo sucede cuando se envían ancianos al Hospital Español para ser tratados como material descartable. El PAMI se ha vuelto cruel, y muchos ancianos han perecido en las peores condiciones, víctimas de un Estado que se nutrió de sus aportes cuando eran activos, y los rechaza cuando envejecen. Quizá, ese espanto de desidia nos defina como sociedad.

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