Obligan al Pami a atender a paciente ciega y embarazada

Obligan al Pami a atender a paciente ciega y embarazada

La mujer, que cursa el sexto mes de gestación, recibirá por tres meses los servicios de la obra social tras la resolución de la medida cautelar pedida.Por 90 días. El Pami de Venado deberá brindar asistencia a la mujer.

Una mujer que padece ceguera y se encuentra cursando su sexto mes de embarazo fue autorizada para ser atendida por la obra social del Pami por tres meses.

La cautelar pidiendo por la restitución de la obra social había sido solicitada por la Defensora Pública Oficial y fue el Juzgado Federal de Venado Tuerto el que determinó días atrás que la mujer sea atendida por el lapso de 90 días.

La resolución judicial sostiene que "el día 30 de julio del corriente en el marco de la causa "C. E. P. N. e/ INSSJP-PAMI s/ amparo ley 16.986". expediente Nº FRO 30073/2019. el juez federal a cargo de este juzgado, Aurelio A. Cuello Murúa, resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por la defensora pública oficial en representación de EPNC y ordenó al Pami incorporarla en forma inmediata como afiliada y brindarle las prestaciones médico- asistenciales que su salud requiere por el término de tres meses".

Discapacidad

"Específicamente, se trata de una joven mujer con un embarazo en curso que padece ceguera y, en razón de ello, posee certificado de discapacidad y recibe una pensión no contributiva por invalidez de parte de la Ansés quien. al acercarse a las oficinas de este organismo, fue informada que Pami debía brindar la cobertura de salud para realizarse los controles de embarazo", sostiene el fallo.

Sin embargo, la obra social le negó su obligación, por lo que la joven mujer se dirigió a la Defensoría Pública Oficial de la Nación de esta ciudad de Venado Tuerto donde, Silvina Costa, defensora pública oficial, como primera medida remitió un oficio al Pami solicitando la inmediata afiliación a ese instituto.

Acción de amparo

Lo cierto es que la joven mujer no tenía respuestas por parte de la obra social de Pami y por ello así fue como la defensora Costa decidió interponer una acción de amparo el 25 de julio del mes pasado, en la que solicitó además el dictado de una medida cautelar.

La resolución del Juzgado Federal de Venado Tuerto sostiene que "luego de cumplimentarse el informe previsto por parte del organismo demandado (artículo 8, de la ley de amparo Nº 16.986) y una nueva vista a la defensora, el juez federal analizó los requisitos de verosimilitud en el derecho, peligro en la demora y que la cautela no pueda obtenerse por otros medios procesales, e hizo lugar al pedido antes aludido; esto es, ordenó al Pami incorporarla en forma inmediata como afiliada"

Asimismo se detalló en la resolución que se dispuso poder "brindarle las prestaciones médico-asistenciales que su salud requiere por el término de tres meses hasta tanto se resuelva definitivamente el asunto".

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