Oficializaron el aumento salarial y regularización de contratos municipales

Oficializaron el aumento salarial y regularización de contratos municipales
Tras las duras protestas que tuvieron lugar esta mañana en diferentes puntos de la ciudad, la intendenta Blanca Osuna firmó decretos en el marco de la paritaria con los sindicatos. Se acordó un incremento en las retribuciones a todo el personal que revista en las categorías 1 a 50.
En el marco de la paritaria municipal, el Departamento Ejecutivo dio a conocer diferentes medidas a través de cinco decretos firmados por la intendenta Blanca Osuna que oficializan un aumento del 27,6 por ciento en el salario de los empleados y distintas medidas que hacen referencia a la situación de personal contratado.

Las normas fueron anunciadas en esta semana y con celeridad a los efectos de proceder a la liquidación del mes de marzo y no perjudicar a los empelados y son un resultado del acta firmada por la Comuna y todos los sindicatos de representación (Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales –Suoyem-, Asociación Personal Superior –APS-, Asociación Trabajadores del Estado –ATE- y Sindicato Obras Sanitarias) el pasado 22 de marzo, con el agregado del Código 58 (ver más abajo) .

Pauta salarial

A través del Decreto 601, se otorga, a partir del 1 de marzo, un incremento en las retribuciones a todo el personal que revista en las categorías 1 a 50, incluyéndose al personal de Planta Permanente, al personal contratado bajo la figura de Contrato de Locación de Servicios y al Personal No Escalafonado (encuadrado dentro el artículo 2, inciso C de la Ordenanza 4220, modificada por Ordenanzas 6650 y 7455).

Se realizará en forma escalonada, tomando como referencia el Sueldo Básico de las categorías mencionadas y con carácter de Remunerativo y Bonificable, consistiendo en un incremento del 20 por ciento que se liquidará a partir del 1 de marzo y un 6,3 por ciento a partir del 1 de agosto.

Asimismo se determina un incremento del haber mínimo garantizado del agente municipal, el que previo descuento a las retenciones de ley, las que incluyen los conceptos seguro Ley 13.003, determinará el siguiente valor del concepto mencionado: a partir del 1 de marzo, 3.200 pesos; del 1 de agosto, 3.437 pesos.

En todos los casos, las sumas consignadas incluyen los conceptos devengados por Presentismo, Puntualidad y Refrigerio, siendo el incremento establecido por el presente Remunerativo y No Bonificable.

Además, se actualiza el incremento otorgado por Decreto 1047/10, artículo 2, bajo el código 058, de la siguiente manera: un 20 por ciento a partir del 1 de marzo y un 6,3 por ciento a partir del 1 de agosto; y se incorpora al Sueldo Básico a partir del 1 de abril, el 25 por ciento del incremento otorgado por Decreto 1047/10 artículo 2 Código 58.

En tanto, mediante Decreto 602, se modifica el Artículo 1 del Decreto 1448/90, el que queda redactado de la siguiente maneras: “Establécese un Adicional por Presentismo, Puntualidad y Permanencia en el lugar de trabajo del personal escalafonado de la Administración, que reviste desde la Categoría inicial hasta la 24 inclusive, cuyo monto será equivalente al 22 por ciento de la Asignación de la Categoría 19”.

Por otra parte, mediante Decreto 603, se dispone que a partir del 1 de marzo de 2014, los agentes municipales que conforme a las disposiciones de la Ordenanza 8817 tenían derecho a percibir el Adicional creado por la referenciada norma, en ningún caso percibirán por tal concepto un importe inferior a 800 pesos.

Contratos

A través del Decreto 596, el Ejecutivo dispuso el reconocimiento de estabilidad a los agentes que, revistando como contratados bajo la modalidad de Locación de Servicios, cuenten con antigüedad de más de un año ininterrumpido al 31 de diciembre de 2013, y que se mencionan en una nómina adjunta, a partir del 1 de abril de 2014 y hasta tanto se produzcan las vacantes para su incorporación definitiva a la Planta Permanente.

Se establece que los agentes indicados en el mencionado Anexo, continuarán ocupando los cupos de personal temporario y tendrán prioridad para su designación en la Planta de Personal Permanente de la Municipalidad de Paraná, condicionando al cumplimiento de los requisitos establecidos.

En tanto, mediante el decreto 598, se dispuso el cambio de situación de revista de los agentes que se mencionan en el anexo adjunto, los que a partir del 1 de mayo de 2014 pasarán a revistar como contratados por la modalidad de Locación de Servicios, en la categoría Inicial del Escalafón Municipal, hasta el 31 de diciembre de 2014.

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