La Provincia anticipa fondos al Municipio para pago de sueldos

La Provincia anticipa fondos al Municipio para pago de sueldos

Desde la Casa de las Tejas advirtieron que las autoridades municipales “utilizan” a los trabajadores municipales.

El Gobierno provincial no aumentará fondos al Municipio capitalino, pero le anticipará partidas del mes para liquidar los sueldos de julio.

Esta determinación fue tomada por el Ejecutivo provincial “que enviará, realizando un gran esfuerzo y resignando otras obligaciones, un anticipo de coparticipación adicional al ya enviado (de lo que le correspondería recibir al municipio en el resto del mes) a fin de que se practiquen las correspondientes liquidaciones de haberes conforme a las disposiciones provinciales dictadas”.

Desde la entrada en vigencia de la Ley de Coparticipación Municipal (01/01/2016) la Provincia cumple con todos sus términos en su aplicación de modo igualitario a todos los Municipios. El principio rector para el dictado de dicha ley ha sido procurar una distribución equitativa y equilibrada de los recursos que se asignan para tal fin, propiciando el desarrollo armónico, evitar la migración interna (concentración en las ciudades más grandes) y elevar la calidad de vida de todos los habitantes de la provincia en sus propios lugares de radicación.

En ese marco, se han dado garantías pero así también puesto ciertos límites al manejo poco responsable de los recursos, fundamentalmente en lo concerniente a la designación indiscriminada de personal sin que responda a las necesidades de los servicios que prestan las comunas.

Tales recaudos se establecen en el artículo 10 de la Ley 9.782 (de Coparticipación Municipal) al señalar: “ARTICULO 10º.- La Función Ejecutiva fijará la política en materia salarial para todo el Territorio Provincial y garantizará a los Municipios los recursos financieros para la atención del pago de haberes, incluidos los aumentos salariales ya otorgados a la fecha y los que se establezcan en el futuro, conforme con las Plantas de Personal Permanente y Transitoria declaradas a los efectos previsionales ante la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) al 31 de diciembre de 2.014. A partir de dicha fecha los valores referenciales de agentes establecidos, podrán incrementarse atendiendo a estrictas razones de servicios debidamente justificadas y previa autorización de la Función Ejecutiva.

Los Municipios se obligan a aplicar la política salarial que se adopte a nivel provincial y a observar las pautas, prohibiciones y excepciones que se establezcan al respecto.”

Al ser lo señalado establecido por una Ley provincial tiene supremacía respecto a las disposiciones legales municipales, de igual modo que las Leyes nacionales tienen su supremacía sobre las provinciales.

El Municipio de la Capital, amparándose en su autonomía, ha prácticamente duplicado su planta de personal designando aproximadamente 2.500 agentes sin que la provincia pudiera hacer cumplir lo mandado por la Ley 9.782 en su artículo 10º debido a que practica su propia liquidación de haberes, diferenciándose así del resto de los Municipios a los que sus liquidaciones mensuales de haberes le son realizadas por la provincia y a los que toda alta de personal le es autorizada previa demostración de su justificación, precisamente para evitar situaciones como las ocurridas con Capital.

A su vez, Capital tiene su propio Órgano de Control Municipal (Tribunal de Cuentas), desconociéndose si exige el cumplimiento de las normas vigentes conforme las jerarquías constitucionales y si los niveles salariales, en toda sus jerarquías, son acorde a los que rigen a nivel provincial y para el resto de los Municipios.

Financiar tales designaciones significaría ser discriminatorio con los 17 municipios del interior y si se procurara ser equitativo y se aceptara la designación en planta de todos los Programas y/o Contratos que poseen pondría en riesgo el normal pago de haberes a más de 54.000 agentes de planta, entre provinciales de las tres funciones y municipales, y de aproximadamente 30.000 personas más que reciben otros emolumentos.

Ante ello, el Gobierno provincial ha dispuesto solucionar el problema de dichas personas y procederá a girar un anticipo de coparticipación adicional al ya enviado (de lo que le correspondería recibir al municipio en el resto del mes) a fin de que se practiquen las correspondientes liquidaciones de haberes conforme a las disposiciones provinciales dictadas.

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