Se realizó una jornada sobre Prevención y Erradicación de trabajo Infantil

Se realizó una jornada sobre Prevención y Erradicación de trabajo Infantil

Estuvo coordinada por la Mesa Local de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil del Partido de General Pueyrredon. Contó con la participación de referentes de la temática a nivel nacional y provincial. Se debatió sobre el nuevo artículo del Código Penal que prevé penas de prisión para quienes cometan este delito.

Este lunes se llevó a cabo una jornada de trabajo de la Mesa Local de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil. La jornada se tituló “Nuevos desafíos en Materia de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil a partir de la incorporación del Artículo 148 Bis en el Código Penal”. La disertación, que se realizó en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Mar del Plata, estuvo coordinada por el Director de Derechos Humanos de la Municipalidad, José Luís Zerillo. Además, el encuentro contó con la participación de Marcelo Colombo, titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), de Pilar Rey Méndez, Presidenta de la Comisión Nacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (CONAETI)  y de Liliana Goyeneche, Delegada Regional de la Comisión Provincial para la Erradicación del Trabajo Infantil (COPRETI).

Zerillo señaló al respecto que “esta jornada la organizamos desde la Mesa Local de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil que coordina el Municipio de Gral. Pueyrredon y que, por decisión del Intendente Gustavo Pulti, tengo el honor de coordinar desde la Dirección de Derechos Humanos.

Este es un trabajo en red, mancomunado, mediante el cual tratamos de articular políticas que tengan como objetivos la erradicación y prevención del trabajo infantil”.

En relación la temática específica de la jornada, Zerillo precisó que “se trató la conducta típica del Artículo 148 Bis del Código Penal que penaliza la conducta de la explotación del trabajo infantil y el lucro económico del mismo. Por esto nos parecía importante dar en Mar del Plata una jornada para que los operados judiciales tengan un proceso de debate y de discusión sobre la figura y la aplicación”.

La Mesa Local de Prevención y Erradicación de Trabajo Infantil está integrada por el Ministerio de Trabajo de la Nación, Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, por la Municipalidad de Gral. Pueyrredon –a través de las Secretarías de Salud, Educación y Derechos Humanos-, el Hospital Interzonal General de Agudos, el Hospital Materno Infantil, integrantes de la Fiscalía Federal, del Ministerio Público Fiscal de la Provincia y distintas ONG y sindicatos de la ciudad.

Por su parte, Pilar Rey Méndez, Presidenta de CONAETI, informó que “la idea de la jornada es presentar la política pública sobre erradicación de trabajo infantil que se está llevando adelante hace varios años en nuestro país. En este marco, analizamos los avances normativos y, concretamente, nos centramos en la penalización del trabajo infantil que establece el nuevo artículo 148 Bis del Código Penal. También nos interesa ver cuál es la situación de aplicación de esta normativa en nuestro país”.

En 2013, de acuerdo a la Ley 26.847, se incorpora el artículo 148 bis al Código Penal. Esta nueva normativa afirma que “será reprimido con prisión de 1 a 4 años el que aprovechare económicamente el trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave. Quedan exceptuadas las tareas que tuvieren fines pedagógicos o de capacitación exclusivamente. No será punible el padre, madre, tutor o guardador del niño o niña que incurriere en la conducta descripta”

Por último, Marcelo Colombo, titular de PROTEX, sostuvo que “es muy positivo que haya un artículo en Código Penal que prevea penas de prisión para el trabajo infantil. Este es un delito conexo a la figura de la trata de personas que es lo que nosotros investigamos desde la Procuraduría que tengo a mi cargo. El objetivo principal es mostrar la importancia de este artículo y su rendimiento en el escenario de las agencias penales, es decir, que los fiscales y jueces comiencen a aplicarlo porque termina siendo un delito periférico pero, a su vez, complementario a la explotación de personas”.

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