Reelecciones indefinidas: la Corte rechazó el pedido del PJ y definirán los 7 jueces

Los intendentes pretendían que el fallo sea realizado solamente por la Sala II, que fue la que les aceptó la cautelar. 

La Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso que habían presentado los intendentes peronistas, quienes habían cuestionado la decisión que fueran los 7 ministros de la Corte los que fallaran sobre la inconstitucionalidad o no de la limitación de las reelecciones. De esta manera, el proceso judicial se retomará, la Corte fallará en pleno y este miércoles será la audiencia de conciliación, que había sido suspendida.

La respuesta, firmada por el presidente de la Corte, Jorge Nanclares; y los presidentes de las Salas I y II, Dalmiro Garay y Mario Adaro, contestó que el “recurso de reposición” presentado por los intendentes “es improcedente”.

En concreto, los intendentes habían pedido que el caso retornara a la Sala II, conformada por Adaro, Omar Palermo y José Valerio. Esa misma sala es la que les había aceptado la medida cautelar, por lo que Emir Félix, Jorge Omar Giménez, Roberto Righi y Martín Aveiro pudieron presentarse como precandidatos.

"La convocatoria a tribunal pleno constituye una facultad no sólo para los casos de ser necesario uniformar la jurisprudencia, sino también cuando la importancia de la materia aconseje la conveniencia de tal intervención", destacaron.

Los intendentes de Lavalle, San Rafael, San Martín y Tunuyán esperan que la Corte les permita la reelección.

Con relación a la decisión de resolver la cuestión en pleno (con los 7 ministros), los abogados patrocinantes de los intendentes habían cuestionado que no se cumplido con las normas porque “no estaban en proceso de sentencia en la causa”.

Sin embargo, en el fallo que se publicó hoy respondieron que “deviene inconducente e inoficioso el planteo de nulidad basado en la supuesta incompetencia del Presidente de la Sala Primera (Garay) para convocar al Tribunal en pleno, pues la decisión ha sido adoptada tanto por el Presidente de la Suprema Corte como por el Presidente de la Sala Segunda -ante la cual se está tramitando la causa-, respecto de quienes no está debate que legítimamente cuentan con la suficiente potestad para tomar tal tipo de resoluciones, por lo que el decisorio resulta igualmente válido con la sola firma de cualquiera de estos dos últimos”.

Expresaron también que “se advierte que se está en presencia de un caso con una importancia y gravedad institucional tales que la materia aconseja la conveniencia de tal intervención”, es decir, de tomar una decisión en pleno; y agregaron que es necesario que “todos los Ministros del Tribunal -y no sólo los que integran la Sala ante la que se inició el proceso- participen de la sustanciación de la causa, debiendo estar presentes tanto en la audiencia inicial como en la audiencia final”.

Por último, fijaron fecha de la nueva audiencia de conciliación para el próximo miércoles a las 12 en el Palacio Judicial. Participarán el Gobierno, los intendentes, el Asesor de Gobierno, el Fiscal de Estado y los 7 ministros de la Corte

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