Señales… y que no se propague

Señales… y que no se propague

Movimiento con registro. Suena la alarma, teléfonos encendidos y una respuesta que quedará encuadrada en el artículo 205 del Código Penal. Un grupo de personas busca quedarse en un terreno (aún no definido si es público o privado) en la fría y gris mañana del 30 de mayo. Efectivos de Patrulla Urbana y de la Comisaría de Francisco Álvarez arriban a Colectora Gaona y La Tradición (Reja Grande). Una porción del predio estaba desmalezada.

 

El procedimiento deja como saldo seis (6) personas aprehendidas y notificadas de la causa penal que arranca con el artículo 205, ese que integra el decreto presidencial 297 dictado el 20 de marzo: «Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia»

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