La Secretaría de Trabajo intimó al personal docente dependiente del Sistema Educativo Provincial y a la organización gremial que los agrupa Asociación de Maestros y Profesores de La Rioja (AMP) al cese de las medidas de fuerza instrumentadas y a la prestación del servicio habitual en forma normal, bajo apercibimiento de declaración ilegal de medida por ser considerado un servicio esencial.
En la resolución, la Secretaría de Trabajo considera que la entidad sindical no dio cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto N° 471/02, reglamentario del Art. 4° de la Ley N° 5.593/91, al no comunicar a esta Autoridad de Aplicación con anticipación de cinco (5) días, las medidas de acción directa y modalidades que se propongan adoptar.
Además, se tiene en cuenta que la educación en todos los niveles del sistema educativo de la provincia es considerada por imperio de la Ley N° 5.593/91 y su modificatoria N° 7.261/02 y su Decreto Reglamentario N° 471/02, un servicio esencial; la medida adoptada afecta sobremanera a la comunidad en su conjunto y si bien el derecho de huelga tiene raigambre constitucional, el Estado Provincial tiene la obligación jurídica, institucional y política de velar por el interés general de sus habitantes.
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