Corte Suprema de Justicia desestimó queja de destituida Ministra del STJ Misiones

Corte Suprema de Justicia desestimó queja de destituida Ministra del STJ Misiones
Se e trata de Marta Susana Catella a quien se le realizó un juicio político iniciado por el ex intendente de San Vicente, Luis Aníbal Benítez. Fue destituida por incumplimiento de los deberes de funcionario público y prevaricato el 4 de febrero del 2006. Con esta medida quedó firme su exclusión del Superior Tribunal de Justicia misionero.
Entre otras consideraciones, el texto expresa: “ausente la demostración por parte de la recurrente de haberse transgredido en forma nítida, inequívoca y concluyente las reglas estructurales del debido proceso, no hay matería federal que habilite la intervención de esta Corte en el marco de los rigurosos límites de su competencia que, para asuntos de esta naturaleza, le imponen los arts. 31, 116 Y 117 de la Constitucíón Nacional, y el art 14 de la ley 48…”.

En otro apartado del texto, menciona que “igualmente inadmisibles son las cuestiones planteadas -como de naturaleza federal- tendientes a controvertir el rechazo por parte de la Sala Juzgadora de la prueba testimonial ofrecida por la recurrente, así como los agravios vinculados con la invocada afectación del principio de independencia judicial y de división de poderes”.

“En efecto, por un lado, no se ha intentado siquiera presentar un desarrollo argumentativo consistente sobre la directa relación existente entre la prueba descartada y el resultado final del enjuiciamiento, en cuanto a la conclusión del órgano juzgador de tener por demostrados los cargos imputados.

Ello es asi pues la apelante se limita a señalar que la prueba testimonial -rechazada por la Sala Juzgadora de la Cámara de Representantes- era esencial para su descargo, pero no precisa de qué manera su producción hubiera alterado el resultado del juicio político frente a las decisivas circunstancias, silenciadas en el recurso extraordinario, de que la magistrada destituida reconoció que el concejal Escalante había firmado el acta cuestionada en forma “tardía” y a que la sentencia que la removió de su cargo le había imputado desconocer la exigencia legal de una mayoría calificada para destituir a un intendente municipal”, expresa en otro de los párrafos.

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