Efecto de la inflación: la Comuna estandariza fórmulas para la redeterminación de precios en contrataciones

Efecto de la inflación: la Comuna estandariza fórmulas para la redeterminación de precios en contrataciones

Lo resolvió el intendente Montenegro a través de un decreto. Se utilizará para la contratación de servicios y provisión de bienes con una duración mayor a seis meses. Creen que ayudará a que no se sigan cayendo proveedores.

Las complicaciones para conseguir y sostener proveedores se profundizaron en el último año para la Municipalidad de General Pueyrredon, en un marco donde la inflación anual trepó al 94,8% en 2022, el registro más alto en 32 años según las cifras oficiales del Indec. Para enfrentar esa problemática, ahora el gobierno municipal diseñó un esquema para la redeterminación de precios a implementar en aquellas contrataciones de servicios y provisión de bienes con una duración mayor a seis meses, que se activará en función del incremento de los costos que afronte el adjudicatario.

Hasta la fecha, las actualizaciones de los precios de las contrataciones durante el transcurso de los contratos por el aumento de los costos que influye en los proveedores se hacían en función de cláusulas específicas contenidas en los Pliegos de Bases y Condiciones. Más compleja es la situación en aquellas que no contienen una fórmula preestablecida, lo que dejaba abierta la puerta a cierta discrecionalidad. Ahora, con este acto administrativo, se estandariza una fórmula para cada tipo de actividad. “La redeterminación de precios se constituye como un procedimiento metodológico mediante el cual se lleva a cabo una revisión de los costos que el proveedor soporta durante la prestación del servicio, con el fin de mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de efectuar la cotización de la oferta”, aseguró Montenegro sobre el nuevo sistema.

“El incremento sostenido en los precios de los bienes y servicios en el país en los últimos años distorsiona significativamente los precios de las contrataciones de servicios y/o provisiones de bienes de tracto sucesivo”, indicó Montenegro en el Decreto 313/23 publicado este martes en el Boletín Oficial. Además, remarcó “el agravante de que, en un contexto de incertidumbre, se afecta el equilibrio contractual entre prestaciones, en la inclusión de porcentajes de cobertura en exceso para compensar el incremento estimado de los precios en las ofertas iniciales o en la imposibilidad de obtener oferentes”.

Desde esa perspectiva, en el decreto se establece una metodología de redeterminación de precios que será utilizada en aquellas contrataciones de servicios y/o provisión de bienes con una duración de contrato mayor o igual a seis meses, la cual estará establecida en los Pliegos de Bases y Condiciones. De este modo se entiende que la normativa será de aplicación para futuras contrataciones. Además, en los pliegos se fijará un parámetro de variación a partir del cual el adjudicatario podrá elevar el pedido de redeterminación de precios. Ese parámetro se cotejará respecto del precio adjudicado o del último precio redeterminado.

A su vez, en el Decreto se establecen los conceptos a tomar para la incidencia en el costo total de la prestación según cada ìtem:

El costo en recursos humanos, medido a partir de las variaciones en las remuneraciones, según Convenio de Trabajo correspondiente.El costo de los insumos principales para la prestación del servicio o la provisión de los bienes, medido a partir de las variaciones en el índice específico del rubro correspondiente del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) o el Índice de Precios al Consumidor (IPC) Región Pampeana, según publicación INDEC. Subsidiariamente, podrá suplirse con el índice Nivel General del IPC en caso de no ser representativo ninguno de los rubros específicos publicados.Demás componentes del costo, medidos a partir de las variaciones en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) Región Pampeana – Nivel General, según publicación INDEC.

Finalmente, se estableció una Estructura de Costos e Índices de Redeterminación según cada actividad especifica, con la incidencia porcentual de cada ítem. Como ejemplo, para el servicio de transporte privado -no incluye el público de pasajeros- los gastos de personal tienen una incidencia del 30%, el combustible del 40% y otros costos del 30%. Un caso de una contratación de bienes, la de la provisión de racionamiento en cocido y/o viandas: gastos en personal 30%, insumos principales 60% y otros costos 10%.

Según se informó, el esquema de redeterminación de precios decretado surgió del estudio realizado por la Dirección General de Contrataciones, la cual recopiló y procesó información obtenida de las redeterminaciones de precios efectuadas por la Municipalidad y los estados contables provistos por las empresas participantes de las contrataciones, con el fin de conocer las estructuras de costos que afectan a los diferentes rubros contratados.

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