Energía investiga instalaciones de venta de combustibles clandestinas

Energía investiga instalaciones de venta de combustibles clandestinas

Son establecimientos irregulares que no están inscriptos en el Registro de Bocas de Expendio, dispuesto por la resolución 1102/04. “Estamos haciendo averiguaciones y cruzando datos”, remarcaron desde la dependencia oficial.

El gobierno está llevando adelante una intensa campaña para desactivar instalaciones de venta de combustibles ilegales.  Según confiaron a surtidores.com.ar desde la Secretaría de Energía, se están investigando numerosos casos, muchos de ellos denunciados por expendedores y otros tantos por iniciativa de la propia dependencia.

“Hemos avanzado mucho este último tiempo”, afirmaron desde la Dirección de Refinación y Comercialización. “Enviamos decenas de notificaciones a municipios de todo el país para que procedan a su clausura”.

Los funcionarios consultados explicaron que además de las acusaciones efectuadas por estacioneros y particulares, se realizan investigaciones mediante el cruzamiento de datos, siendo esta una práctica reveladora para detectar establecimientos que operan en la clandestinidad.

“Específicamente se tratan de instalaciones que no están inscriptas en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, dispuesto por la resolución 1102/04”, manifestaron.

Las entidades del sector  también colaboran para desterrar definitivamente esta práctica. Una de ellas, la Federación de Empresarios de Combustibles, entregó a la gestión anterior documentación con direcciones concretas, regiones y fotografías de establecimientos rurales y suburbanos que en principio estarían dedicándose a la venta a granel de productos de “dudosa procedencia”.

Sus directivos advirtieron que se estarían utilizando surtidores que simulan ser abandonados y que se ocultan deliberadamente cuando algún representante de entes de control se acerca al lugar.        

Vale recordar que según establece la normativa, quienes provean de combustibles a una boca de expendio no inscripta o dada de baja del registro, serán sancionados con una multa equivalente al precio de venta al público de hasta 48.000 litros de nafta súper (aproximadamente $ 2.800.000) y en los casos de reincidencia, con la suspensión parcial o baja condicional del respectivo padrón.

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