Un fallo judicial habla de contaminación "devastadora" en el Arroyo del Gato

Un fallo judicial habla de contaminación

Se ordenó ordenó a la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata que remuevan los residuos en un plazo de 120 días.

El titular del Juzgado Federal N°4 de La Plata, Alberto Osvaldo Recondo, ordenó a la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de La Plata que remuevan los residuos depositados en la margen sur del Arroyo el Gato en un plazo de 120 días y que arbitren las acciones necesarias para que cesen los vertidos clandestinos en la zona.

La sentencia se enmarca en una causa ambiental iniciada en 2020 por un vecino del lugar, que tuvo a fines de 2021 un nuevo capítulo, cuando ese mismo juez ordenó la colocación de barreras flotantes de contención, la extracción de residuos y otras disposiciones para frenar la contaminación.

La última resolución, la situación sigue siendo grave tanto en el curso de agua como en las inmediaciones de la Avenida 1 y calle 514 de la localidad de Ringuelet (adyacencias de “Barrio Nuevo”).

En el escrito se describe el estado de situación después de una visita al lugar. "Mientras varios operarios se encontraban inmersos en las aguas del arroyo colectando desechos sólidos, a pocos metros de la barrera instalada, río abajo, un grupo de personas efectuaba el descarte a granel de residuos metálicos y plásticos, directamente sobre una montaña de desechos de igual naturaleza, a la vera y dentro del curso de agua", expuso el magistrado.

 

Por eso el juez califica a la situación como "ambientalmente devastadora". Y por ello estipuló que tanto la Provincia de Buenos Aires como la Municipalidad de La Plata no deberían limitar su accionar a cumplir la manda cautelar, sino que están obligadas a "ejercer el poder de policía sobre la zona involucrada, impulsando las medidas necesarias, conforme las normas constitucionales y legales que así lo determinan".

En palabras de Recondo, el espacio en cuestión es "un basural urbano clandestino, a cielo abierto y en pleno funcionamiento, donde se visualiza el descarte de basura sobre el Arroyo, mediante la utilización de camiones". "La Provincia y la Municipalidad juntan 'con las manos' de sus operarios aquello que los basurales clandestinos vierten con vehículos mecanizados", agregó el juez en la disposición.

 

En otra de cautelar del 2021 se había ordenado a la Provincia de Buenos Aires y a las municipalidades de La Plata, Berisso y Ensenada que realizaran y presentaran un relevamiento en el Arroyo el Gato, el Río Santiago y la cuenca del Río de La Plata para identificar dónde se registraban mayormente los vertidos clandestinos.

Sin embargo, según puede leerse en la sentencia dada a conocer esta semana, el relevamiento solo fue cumplimentado por el Gobierno bonaerense y las municipalidades de Ensenada y Berisso, lo que provocó que la Justicia aplicara a la Municipalidad de La Plata sanciones conminatorias a razón de $200.000 por cada día de retraso en el cumplimiento de la orden.

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