El Gobierno oficializó el aumento de prepagas a partir de febrero: será más bajo de lo esperado

El Gobierno oficializó el aumento de prepagas a partir de febrero: será más bajo de lo esperado

El objetivo es prevenir los efectos de la pandemia en las entidades del sector de salud y garantizar el adecuado servicio de los sanatorios, clínicas y demás prestadores.

El Gobierno nacional confirmó un nuevo aumento en las cuotas de la medicina prepaga a partir de febrero, aunque el porcentaje será menor de lo esperado. Según había informado la  Superintendencia de Seguros de Salud a fines de octubre, el incremento se desdoblaría entre diciembre (15%) y febrero del año que viene (10%). Finalmente, se autorizó una suba de hasta el 7%

La medida fue oficializada este jueves a través de la Resolución 2987/2020, que fue publicada en el Boletín Oficial con la firma del Ministro de Salud de la Nación, Ginés González García. El objetivo es prevenir los efectos de la pandemia en las entidades del sector de salud y garantizar el adecuado servicio de los sanatorios, clínicas y demás prestadores.

Según se destaca en el texto, las consecuencias de la pandemia del coronavirus se ven reflejadas en la recaudación tributaria y, consecuentemente, en los recursos destinados a los Agentes del Seguro de Salud”. Además, la situación descripta amenazó “la cadena de pagos del Sistema de Salud, en momentos en los que este sector resulta clave para minimizar los impactos de la pandemia y brindar la debida atención de sus beneficiarios”.

Anteriormente, y en este mismo sentido, se había autorizado a todas las Entidades de Medicina Prepaga inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) a un aumento general, complementario y acumulativo del 10% en diciembre. Ahora, el Gobierno autorizó este mismo aumento pero de hasta un 7% a partir del 1º de febrero de 2021.

A partir de ahora y a raíz de la autorización del Gobierno, las entidades deberán informar a los usuarios los incrementos que se registrarán en el monto de las cuotas con una antelación no inferior a los 30 días corridos, contados a partir de la fecha en que la nueva cuota comenzará a regir. "Se entenderá cumplimentado el referido deber de información del aumento al usuario con la notificación incorporada en la factura del mes precedente y/o carta informativa", se detalla en la medida.

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