Lovera: "La ley de teletrabajo sólo protege a los empleados de los abusos"

Lovera:

El senador que coordinó el debate de la norma para regular el empleo a distancia asegura que las quejas de los empresarios son exageradas y quedarán aclaradas en la reglamentación.

 

El Senado sancionó este jueves la ley para regular el teletrabajo que empezará a regir 90 días después de finalizado el aislamiento social, pero aún así fue muy cuestionada por Cambiemos y las cámaras empresariales. 

Temen una ola de juicios de empleados que cumplan funciones en sus casas y quieran volver a las oficinas amparados en el principio de "reversibilidad", que les permitiría pedir el retorno a sus escritorios cuando lo deseen. 

Daniel Lovera, el senador del Frente de Todos que coordinó el debate en la Cámara alta, anticipa que la reglamentación fijará plazos de preaviso y aclarará que si un contrato laboral se inaugura en forma remota no podrá variar de la noche a la mañana. 

Y explica que la ley buscó una regulación para aquellas empresas que por la pandemia enviaron su personal a trabajar a los hogares y cuando finalice deberán definir cómo continúan.  

- ¿Qué cambios traerá la ley de teletrabajo que se sancionó esta semana?

 

 

 

-Es una ley equilibrada y necesaria para los tiempos que corren. Tiene dos ejes: la discusión que dimos con parte de la oposición es que no se puede mirar sólo un sector de los teletrabajadores que ya existían en Argentina, que son muchos y especializados y cobran salarios importantes. Hay empresas que se dedican a esto, generan puestos de trabajo y está bien que así sea.

 

Pero el tema que se está dando es de otro sector: los que hacían un trabajo en forma presencial y las empresas le proponen teletrabajar sin regulación. Ahí es dónde hay muchos abusos. Por eso es raro que en Diputados con un trabajo muy grande que se hizo en el que participamos los senadores y senadoras se aprobó casi por unanimidad y después la oposición no lo quiso votar en el Senado.

 

Esta ley es equilibrada y no perjudica a la masa de teletrabajadores que ya lo venía haciendo, sino que brinda una protección con una regulación mínima dentro de la ley de contrato de trabajo. Le da facultad al ministro de Trabajo para que en la reglamentación determine el resto de las cosas en los convenios colectivos.

 

Las actividades no son iguales y lo que hicimos es regular a esos empleados y empleadas que les toca teletrabajar, no tenían una reglamentación y lo hacen en la única mesa que tienen en la casa, donde desayunan, almuerzan, cenan y sus hijos hacen la tarea escolar.

 

No tienen los elementos mínimos y necesarios, porque no hay reglamentación y esto es lo que necesitamos: un piso mínimo de derechos y salarios, como ocurre en el trabajo presencial. Y la empresa deberá proporcionar los elementos necesarios para que puedan trabajar en sus casas. 

El Senado sancionó la ley que regula el teletrabajo sin los votos de Cambiemos 

De lo contrario, el trabajador podrá compensar gastos con la empresa de cómo un acuerdo, sin sumarlos al cómputo del impuesto a las Ganancias. Tiene que haber una jornada laboral estipulada, derecho a la desconexión y a la vida privada. Eso es la ley: un equilibrio y una regulación a una modalidad laboral que irrumpió por la pandemia y tuvo muchos abusos.

 

 

 

-La ley establece el principio de "reversibilidad", por el cual un empleado puede pedir volver a la modalidad presencial. Según las cámaras empresariales, desalienta el empleo porque podrían contratar teletrabajadores que luego exijan ir a una oficina que hay.

 

 

 

-No es así. La reglamentación y los convenios colectivos van a marcar dos cosas. Esta ley es para aquellas personas que antes trabajaban de forma presencial, pasaron a teletrabajar y cuando termine la pandemia la empresa les proponga seguir en esas condiciones.

 

Por eso la ley dice que ese trabajador tiene la posibilidad de volver a cumplir funciones en forma presencial. Y la reglamentación va a poner un plazo. No así en los casos de las empresas que tome un empleado sólo para teletrabajar.

 

 

 

-Algunas cámaras creen que como quedó redactada la ley no existe la posibilidad de un contrato para teletrabajar.

 

 

 

-No está eliminada esa posibilidad y se va a clarificar con la reglamentación. Por eso hablamos de una regulación de "presupuestos mínimos" para aplicar en la ley de convenciones colectivas de trabajo.

 

No es lo mismo un trabajador de la industria del software que un empleado de un estudio contable que trabaja media jornada y ahora le piden cumplir funciones en su casa. Son cosas bien diferentes.

Esta ley es para aquellas personas que antes trabajaban de forma presencial, pasaron a teletrabajar y cuando termine la pandemia la empresa les proponga seguir en esas condiciones. 

 

Por eso es que necesitas que la ley salga rápido y que el ministro de Trabajo la reglamente con cada uno de los sectores empresariales y gremiales. Hay una gama infinita de actividades diferentes que pueden aplicar esta modalidad.

 

Es una ley equilibrada que no se mete con la industria que viene utilizando el teletrabajo y, en buena hora, dan mano de obra y tienen salarios superiores a muchas actividades presenciales.

 

 

 

- ¿No sería apropiado que la reversibilidad tenga un plazo?

 

-No dice nada la ley, pero el ministro se ha comprometido y así lo va a hacer. Pero no es que alguien puede aceptar teletrabajar en la casa y de acá a tres años pida volver en forma presencial. Habrá un equilibrio justo.

 

Los ejemplos del mundo nos dicen que no siempre es fácil trabajar en la casa. Una persona que no tenga lugar adecuado o las familias numerosas sin una oficina aparte tal vez no puedan.

 

Si con el tiempo hay que corregir algunas cosas, se hará. Pero es una ley equilibrada, amplia, no rígida y con el propósito de que estas cuestiones que planteas se determinen en los convenios colectivos de trabajo, con empresarios, gremios y la regulación del Estado.

 

 

 

-Otra duda fue el alcance del principio de desconexión, que impide a los empleadores enviar mensajes fuera del horario de trabajo. ¿También habrá aclaraciones en la reglamentación?

 

 

 

-No tengo dudas porque es imposible poner un sólo horario. El teletrabajo es una modalidad de trabajo, no es una actividad.

 

Lo que ha pasado en algunos casos es que algunas empresas han decidido que sus empleados teletrabajen por la pandemia y es probable que muchas cosas no sean iguales cuando termine. Pero es lógico que no se puede poner un solo horario laboral.

 

No se puede unificar todo en una ley que abarca una modalidad que irrumpió y por eso son necesarias las regulaciones mínimas y que las negociaciones colectivas regulen cada cosa. El ministro Moroni se comprometió públicamente a llamar a cada sector para la reglamentación de la ley.

 

 

 

-La oposición cree que por ser una de las primeras regulaciones del mundo desalentará el empleo en el país.

 

 

 

-Bueno, ellos dicen que las empresas van a contratar personal de otros países porque tenemos protección laboral. No coincido que sea así. Una forma para que el país salga adelante es que haya un trabajo decente y de calidad.

 

Y esta ley tiene equilibrio. Es una ley que sólo protege a los empleados de los abusos y no pide a nadie contratar personal no capacitado. Es una ley equilibrada y en eso estamos convencidos.

El ministro de Trabajo Claudio Moroni con Daniel Lovera, antes de la pandemia. 

 

 

 

-¿Puede ser que algunas personas que ofrezcan servicios en forma particular con esta ley exijan ser tomados en blanco?

 

 

 

-A ver: si es un empleado tiene que estar en blanco. Esto de colaboradores independientes no existe. Si recibe órdenes tiene que estar bajo relación de dependencia. La ley habla de dos cosas: que la empresa le debe administrar todos los elementos necesarios para que puedan realizar el trabajo desde su domicilio y que en caso de que no suceda tiene que compensar los gastos.

 

Puede ser que un teletrabajar trabaje para dos empresas, pero tiene que estar en relación de dependencia. Salvo que sea una empresa y brinde servicios.

 

 

 

-Cava vez que empresarios visitan el Congreso les recriminan el alto costo laboral que hay en Argentina. ¿Cuánto cree que hay de cierto?

 

 

 

-Es probable que en Argentina haya que darse un debate sobre los costos, pero no son laborales. Las empresas a los sindicatos no les ponen un centavo. Esto hay que dejarlo claro. Son contribuciones de los trabajadores. Al empresario le corresponde la obra social y las jubilaciones.

 

La pregunta que me hago siempre es si la obra social que consigue el empleado y su familia con el aporte que hace la empresa la puede conseguir de otra manera. Puedo asegurar que si abrimos el debate todos van a estar de acuerdo en que haya un sistema de obras sociales sindicales. No hay manera que se puedan sostener de otra forma.

 

Y el tema jubilatorio tenemos que discutirlo cómo hacerlo más sustentable. Lo que sí es probable es que haya un alto costo tributario en Argentina. ¡Pero no es cupla del costo laboral! Tampoco se genera empleo bajando el costo laboral. Eso no es cierto.

 

 

 

-¿Existe una industria del juicio laboral en Argentina?

 

 

 

-A veces no se tienen los controles necesarios y se terminan judicializando un montón de cosas. La mayoría de las empresas que tienen los trabajadores registrados, cumplen con los requisitos y pagan la ART no tienen problemas. A veces se transgreden algunas cosas y empiezan a los grises.

 

Se habla mucho de industria del juicio, pero sucede en las ciudades grandes. Hay que dar el debate si es necesario, con representantes de los trabajadores y de los empresarios, porque estoy convencido de que el problema general no es laboral.

 

Sí puede ser que haya un costo tributario alto y esa sería otra discusión que hay que dar con la Nación, las provincias, empresarios y trabajadores.

 

Yo lo estoy pidiendo hace rato: Argentina tiene que hacer un gran pacto social post pandemia, con todos los sectores sentados en una mesa a debatir cómo vamos a salir de esta situación. Sería una forma de sincerarnos. 

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