Relativizan el impacto de la “Doble Indemnización” para los trabajadores de Estaciones de Servicio

Relativizan el impacto de la “Doble Indemnización” para los trabajadores de Estaciones de Servicio

El asesor letrado del Sindicato de Obreros y Empleados de Estaciones de Servicio, Enrique Rodríguez, asegura que el sector de comercialización minorista de combustibles no se verá afectado por la medida.

El presidente Alberto Fernández​ declaró este viernes la emergencia pública en materia ocupacional por 180 días. Lo hizo a través del Decreto 36/2019, publicado el pasado sábado en el Boletín Oficial.  

“En caso de despido sin justa causa durante la vigencia del decreto, los trabajadores afectados tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente de conformidad a la legislación vigente”, dice el texto de la medida que lleva la firma del presidente y el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

Al respecto, el ex Ministro de Trabajo y asesor del SOESGyPE, Enrique Rodríguez, dijo a surtidores.com.ar que “el sector de comercialización minorista de combustibles no se verá afectado directamente” y justificó su afirmación en el hecho de que “en los últimos años, no hubo crisis de empleo entre los afiliados del gremio”.

El abogado laboralista detalló que “este decreto no siempre será efectivizado en la práctica porque por lo general, cuando un trabajador es cesanteado, quiere como primera intención acordar con la parte patronal su indemnización lo antes posible y para ello recurre a la instancia del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO), que ofrece la justicia laboral y que permite a las partes evitar un pleito que dure no menos de 4 años para llegar a la doble indemnización”.

Agregó que por el plazo de 180 días que prevé el decreto, solamente se verán implicados aquellos empleadores que decidan tomar obreros por más de 6 meses y de acuerdo a la ley, existe un período de tres meses de prueba, como también, la posibilidad de establecer contratos temporarios. “Ambos casos quedan fuera del decreto”, afirmó el experto en leyes del trabajo.

Por ello, Rodríguez, descartó una relación directa entre el rubro estacionero y las implicancias del decreto de emergencia laboral, porque de acuerdo a sus dichos, “es prácticamente infrecuente que una expendedora contrate empleados de forma temporaria”.

En ese contexto, agregó que “en la generalidad de los casos, el dueño de una Estación de Servicio opta por mantener a sus empleados porque la antigüedad refleja la experiencia que luego se aplica diariamente a la seguridad e higiene en el ámbito laboral que exige la actividad en todos sus niveles”, finalizó.

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