Zabala: “El Habéas Corpus no puede ser utilizado como instrumento para evadir el sistema que se ha aplicado en defensa de todos”

Zabala: “El Habéas Corpus no puede ser utilizado como instrumento para evadir el sistema que se ha aplicado en defensa de todos”

La Fiscal de Estado de la provincia de Formosa, Stella Maris Zabala, se refirió al fallo del Juez Federal, Dr. Pablo Morán quien resolvió “No hacer lugar a la acción de habeas corpus realizada por los Dres. Carlos Lee y Fabrizio Villaggi Nicora”, quienes presentaron un habeas corpus ante una supuesta amenaza de detención de oficiales de la Policía de la Provincia a un grupo de personas que intentaron ingresar a Formosa sin autorización.

La Fiscal advirtió que “el juez determinó que no hay elementos para el habeas corpus; aparte ellos salieron de la provincia a sabiendas de que existían medidas de restricción y que tenían que esperar para volver. Si permitimos que fallos conviertan en letra muerta todo el Sistema que se ha implementado de ingreso ordenado y administrado a la Provincia, van a dejar sin efecto las medidas sanitarias que se adoptan en protección de todos los ciudadanos”.

Asimismo Zabala dijo estar en conocimiento que apelarían al mencionado fallo, por lo que “nosotros esperaremos a que apelen, en este momento estamos satisfechos con esto ya que una vez más se ha dado la razón de que estas medidas judiciales -como el habeas corpus- no pueden ser utilizadas como instrumento para tratar de evadir el Sistema que se ha aplicado en defensa de todos”.

Por otra parte, la Fiscal se refirió al apartamiento del juez federal subrogante, el Dr. Carabajal, quien se apartó de la causa luego que desde el Estado provincial se hiciera el pedido.

“Piensan que el juez se apartó per se, por él mismo, cuando en realidad en esta causa se hizo el pedido de informe -que es lo que debe hacerse cuando se plantea el habeas corpus- y nosotros contestamos el informe; dentro de ese pedido le solicitamos al juez subrogante que se aparte del conocimiento de la causa porque el habeas corpus no permite la recusación pero hay un inciso del mismo artículo que manifiesta que cuando uno tenga dudas de la parcialidad del Juez, puede solicitarlo”, explicó la magistrada.

Precisó que el Dr. Carabajal se expidió en otro fallo respecto a la situación puntual e hizo recomendaciones de carácter general, comprensivas a otras situaciones, lo que hizo “dudar de la seguridad jurídica”; por lo que se exigió que el Gobierno de Formosa tuviese las mimas garantías que cualquier otro ciudadano en el ejercicio de la defensa de sus derechos.

“Le pedíamos que se aparte de intervenir en la causa porque dudábamos de la imparcialidad que pudiera tener ya que había hecho un adelantamiento de opinión cuando lo hizo. Él dice que se va apartar cuando comienza la audiencia y expresa que lo hace por violencia moral que sentiría ante determinadas expresiones de funcionarios judiciales, pero nosotros entendemos que él debió haberse apartado antes”, argumentó Zabala.

En lo que respecta al fallo del juez Morán, la Dra. Zabala recordó que éste se hizo cargo de la audiencia en cuestión, ya que “le correspondía por turno” y se expidió ante el caso el día miércoles.

“Él (Pablo Morán) sostiene que no hay elementos como para abrir el habeas corpus, lo dice claramente cuando establece que (…) la formulación de la presente acción de habeas corpus lo constituye una supuesta amenaza de detención de los oficiales de la Policía de la Provincia de Formosa hacia los presentantes para el caso en que intenten ingresar a la provincia. Entiendo que calificar el accionar preventivo de la Policía de la Provincia como “amenaza”, es desde todo punto vista erróneo. Es así que los funcionarios policiales cumplen con el ejercicio de sus funciones públicas informando a los ciudadanos que en caso de intentar ingresar sin autorización, deberían detenerlos por infringir el art. 205 del CPN. Lo cual, lejos de ser una amenaza, implica el cumplimiento de una ley de orden público”.

En este contexto, Zabala manifestó que “éste era el motivo por el que presentaron el habeas corpus y que nosotros decíamos que debía ser rechazado”.

Puntualizó también sobre la situación de una de las personas que cursa un embarazo, quien “nunca había planteado esto cuando pidió la autorización de ingreso; y como esta situación estaría dentro de las posibilidades permitidas de ingreso, el 2 de octubre la Provincia de Formosa informó que se le había otorgado la autorización de ingreso, como así también a otras dos personas por circunstancias particulares. Por lo que el juez Morán estableció que el planteo se tornaba abstracto”.

Sobre el final, la Fiscal comentó que el juez Morán valoró la situación epidemiológica de Formosa, como así también el riesgo que se corre con la frontera y la situación de las provincias lindantes, por lo que pondera claramente que en este contexto sanitario se deben extremar los cuidados.

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