Si las autoridades de Ancasti no definen la fecha de la elección deberá intervenir la provincia

Si las autoridades de Ancasti no definen la fecha de la elección deberá intervenir la provincia

Así lo afirmó el juez Electoral, Guillermo Cerda, quien además indicó que aún no fue consultado por los concejales ni el intendente interino sobre la posibilidad de fijar los comicios junto con los generales del 22 de octubre.

Durante los últimos días se reavivó la discusión por la fecha de las elecciones en Ancasti, donde debe elegirse el sucesor de Antonio Córdoba en el cargo de intendente. Una de las posibilidades mencionadas es que los comicios se realicen de manera conjunta con las nacionales, pero algunos referentes del FCyS-Cambiemos plantearon que esto no sería posible porque, mientras el de Ancasti es un proceso extraordinario, las generales del 22 de octubre son elecciones ordinarias.

Consultado sobre esta posibilidad, el juez Electoral de la provincia aclaró que se enteró de esta información a través de los medios de comunicación pero que aún “no hemos tenido ninguna comunicación oficial”.

En diálogo con LA UNION, explicó que fijar la fecha del acto eleccionario “es una decisión que deben tomar las autoridades municipales porque es una facultad exclusiva del intendente y el Concejo Deliberante el de decidir la fecha. “Nosotros estamos esperando esto para de ahí en más, proceder”.

“De todas maneras la oportunidad podría ser en octubre porque es importante también evaluar los costos que significa hacer una elección separada, ya que es un proceso que todos conocemos” evaluó y consideró que “lo importante es que las autoridades municipales se pongan de acuerdo para determinar la fecha”.

Pasaron casi tres meses de la suspensión de las elecciones en Ancasti y una elección PASO en el medio pero aún no hay certezas de cuándo los ancasteños podrán elegir a su jefe comunal. Sobre la mora en una nueva convocatoria y los plazos para que se dicte una ordenanza en este sentido, el magistrado fue claro en decir que “tienen hasta fin de año porque la ley prevé que el poder ejecutivo de la provincia sea quien, ante la falta de decisión del municipio, intervenga.

Por esto insistió en que la convocatoria “no puede esperar mucho tiempo porque indudablemente hay un marco legal que les exige que se definan con rapidez”.

Sobre el tiempo en que Roberto Santillán puede seguir como intendente interino, Cerda opinó que “el máximo plazo para que continúe en el cargo es hasta diciembre porque, obviamente, la Carta Orgánica Municipal, nuestra Ley Electoral y la Constitución de la Provincia le exigen convocar a elecciones en este año”.

Por último, aclaró que cuando se decida la fecha el proceso, empieza de cero y todo lo que se hizo en su momento queda sin efecto porque es un nuevo proceso electoral.

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