Confirman multa a EDESUR por un corte de luz que se extendió dos días y medio

La Justicia confirmó hoy la multa dispuesta por la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la empresa Edesur S.A. por interrumpir el suministro de una usuaria durante 60 horas, se informó hoy.

 

La Sala I de la Cámara de Apelaciones integrada por su titular, Carlos Balbín, y las juezas Mariana Díaz y Fabiana Schafrik, rechazó el recurso interpuesto por la empresa distribuidora y confirmó la disposición del área de Defensa y Protección al Consumidor por la que se le impuso una multa de 60.000 pesos, informó el sitio Ijudicial.gob.ar.

La multa respondió a la denuncia de una usuaria que, en julio de 2016, sufrió un corte de luz que se extendió por 60 horas y reclamó a la empresa la suma de 7.000 pesos, que se sumaba a otro reclamo que tenía en curso por 3434,28 pesos, y dejó constancia que no obtuvo respuesta satisfactoria de la prestataria, ni del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE).

La multa se aplicó por haber incumplido los artículos 19 y 20 de la Ley de Defensa al Consumidor y teniendo en cuenta que se trata de una relación de consumo en el marco de un servicio público domiciliario prestado en la Ciudad de Buenos Aires.

El juez Balbín señaló que desde la sanción de la ley, "el usuario puede optar administrativamente entre formular sus reclamos ante los entes reguladores o bien ante la autoridad de aplicación nacional o local de la Ley de Defensa del Consumidor".

"La usuaria describió la fecha, horario y número en cada uno de sus reclamos, y la empresa podía controvertir estos hechos al formular su descargo, pero no lo hizo", por el contrario "en su presentación en sede administrativa reconoció la existencia de cortes, aunque sostuvo que la duración fue menor a la informada por la usuaria", amplió el camarista.

La camarista Díaz votó en el mismo sentido, y en su fundamentación, recordó que "la empresa contaba con 30 días para demostrar que el suceso ocurrió por motivos ajenos a su parte y, sin embargo, no acompañó elementos probatorios que controviertan ese extremo ni constancias que prueben que realizó el reintegro correspondiente".

En tanto, la jueza Schafrik adhirió al voto y los fundamentos de su par Carlos Balbín. 

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