Farmacéuticos locales adhieren al pedido de recetar por genéricos

Farmacéuticos locales adhieren al pedido de recetar por genéricos

El Colegio que los nuclea en Santa Fe insistió en el cumplimiento de la ley. El ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollán, dijo que se aplicarán sanciones.

El ministro de Salud de la Nación, Daniel Gollán, advirtió la semana pasada, de visita en Santa Fe, que los médicos que no cumplan con la denominada ley de genéricos recibirán sanciones y hasta podrían llegar a perder la matrícula en caso de incurrir en la infracción.

“La ley de nombre genérico (que obliga a recetar los medicamentos por el nombre de la droga madre) no se estaba cumpliendo, por eso estamos saliendo a recabar información en las farmacias, auditando las recetas. Y tanto el médico que no prescribió de acuerdo a la ley –y la farmacia que no registró la infracción en su libro como debe hacerlo– recibirán una sanción, una llamada de atención y una multa”, aseguró el funcionario en ese momento.

“El médico que infrinja la ley por tercera o cuarta vez puede perder la matrícula”, enfatizó Gollán y explicó que esto sucederá en “la ciudad de Buenos Aires”, que es donde su ministerio tiene competencia para este tema, por lo que pidió “a las demás provincias” que ayuden a que se cumpla la ley con sanciones similares.

Por su parte, desde el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Santa Fe de la Primera Circunscripción, expresaron estar de acuerdo con la prescripción del medicamento por nombre genérico, “tal como lo dispone la ley”. Y aseguraron que “desde que la norma se aplicó solamente en escasísimas ocasiones se detectó alguna irregularidad en relación a esto”.

“En lo sustancial, estamos de acuerdo porque las personas tienen derecho al acceso al medicamento y a la libre elección de la marca, sobre todo conforme al precio que pueda y quiera pagar. Eso no se discute”, expresó Adriana Caraballo, tesorera de este Colegio. 

“Nadie amenazó a nadie”

Por su parte, el ministro de Salud de la Nación –quien estuvo el jueves en Santa Fe, en ocasión de la apertura de un congreso nacional en la capital provincial–, se explayó en diálogo con Diario UNO sobre esta medida. 

Consultado al respecto dijo: “Hubo medios nacionales que dijeron que estábamos «amenazando a los médicos» y la verdad es que no hicimos más que recordar la vigencia de una ley que data de 2002 y busca defender el acceso universal a los medicamentos a un precio razonable, que todos puedan pagar”.

“No puede ser –prosiguió en diálogo con Diario UNO– que haya gente que lucre con la salud y la vida de la gente. No lo vamos a permitir”. Y adelantó: “Hemos creado una resolución conjunta con la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía por la cual los productos innovadores que se hagan en el país por empresas nacionales y que estén a un menor costo –pero que verdaderamente lo estén– van a tener que ser comprados preferencialmente por sobre los productos de las multinacionales; es decir «misma droga, mismo producto aprobado por el organismo regulador», entonces tienen prioridad los de industria nacional”.

Prescripción y dispensa

Por su parte, la conducción del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFyB) expresó días atrás, luego de un plenario sindical, que “respalda la reciente medida adoptada por el Ministerio de Salud de la Nación para sancionar a los médicos que receten por marca”.

Un comunicado gremial indicó que esa es “la forma correcta de combatir la violación de la Ley 25.649/02, que obliga al médico a recetar medicamentos por su nombre genérico, y al farmacéutico a dispensar las alternativas equivalentes más económicas”.

“Desde 2008 hasta la actualidad, la industria farmacéutica estimula a los médicos para que prescriban remedios por marca, desoyendo la obligación de hacerlo por el principio activo”, sostuvo Marcelo Peretta, el responsable del gremio nacional. 

El dirigente especificó que hasta “se detectaron y secuestraron recetarios de las prepagas Osde y Swiss Medical preimpresos con la frase «no autorizo el cambio de marca», en franca violación de la legislación vigente”, puntualizó Peretta.

“El SAFyB saludó la reciente medida oficial, que dispuso fiscalizar, porque entre 2002 (al aprobarse la norma) y 2007 el índice de prescripción correcta alcanzaba el 80 por ciento, y ahora no supera el 5, a partir del eficiente trabajo de la industria farmacéutica marcaria”, explicó el dirigente nacional.

El gremio también coincidió en que “las sanciones deben recaer en la farmacia y no en el farmacéutico, ya que es el empleador quien suele impedir al profesional el cumplimiento de su obligación de devolver la receta hecha por marca y de registrar la falta en el libro recetario”.

“El propietario de la farmacia orienta la venta hacia el producto más caro por los márgenes comerciales. Por eso, debería pensarse una forma de premiar a la farmacia que venda el producto más económico, como sucede en otros países”, enfatizó el dirigente sindical, en relación al mismo tema.

El SAFyB acordó trabajar con la Confederación Farmacéutica Argentina (Cofa), que regula la profesión, para asegurar el cumplimiento de la ley de genéricos y el beneficio de la población.

Sin marcas, pero con la misma eficacia

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), un medicamento genérico es aquel vendido bajo la denominación del principio activo que incorpora, siendo lo suficientemente bioequivalente a la marca original, es decir, igual en composición y forma farmacéutica y con muy parecida biodisponibilidad que la misma.

Puede reconocerse porque en el envase del medicamento en lugar de un nombre comercial, figura el nombre de la sustancia de la que está hecho (llamado principio activo en la nomenclatura DCI) seguido del nombre del laboratorio fabricante.

La misma seguridad

Un medicamento genérico puede ser comercializado una vez vencida la patente del medicamento de marca siempre que reúna todas las condiciones de calidad y suficiente bioequivalencia (OMS-OPS). También debe ofrecer la misma seguridad que cualquier otro medicamento.

Cabe destacar que todos los fármacos aprobados por un Ministerio de Salud o autoridad sanitaria que tenga dicha tarea, han de pasar por los mismos controles de calidad, seguridad y eficacia.

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