Piden revisar el proyecto de la AFIP para imponer el "Libro IVA Digital"

Piden revisar el proyecto de la AFIP para imponer el

La Facpce envió una nota al administrador federal, Leandro Cuccioli, solicitando la revisión del proyecto de la resolución sobre el "Libro de IVA Digital"

El pasado miércoles 11 la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (Facpce)  envió una nota al administrador federal de ingresos públicos, Leandro Cuccioli, solicitando la revisión del proyecto de la resolución general sobre el "Libro de IVA Digital".

La misiva tiene como objeto hacerle llegar la opinión de la Comisión de Estudios de Asuntos Tributarios de Facpce, en relación al proyecto, señala el consultor tributario Marcos Felice.

Puntualmente, la Federación entiende que, como resultado de un primer análisis del proyecto de resolución general sobre el "Libro de IVA Digital", y sin entrar a considerar situaciones particulares, resulta necesario que la AFIP aclare debidamente los siguientes aspectos:

1) El proyecto no aclara la fecha a partir de la cual estará disponible la información con que cuenta el Fisco para la generación del"Libro de IVA Digital". Debería ser un plazo razonable.

Al respecto se debe considerar que sí el responsable utiliza controlares fiscales de nueva tecnología deberá presentar los reportes de operaciones semanales y mensuales correspondientes a la «cuarta semana» —periodo comprendido entre los días 22 y el último día hábil del mes, ambos inclusive- hasta:

- Responsables inscriptos en IVA: el día 5 del mes inmediato siguiente;

- Monotributistas: hasta el día 7 del mes inmediato siguiente.

2) Obligará a desarrollar tareas adicionales de control y conciliación entre la información generada por los sistemas informáticos de las empresas y la que surge del servicio.

3) Se debería aclarar si se permitirá reemplazar de manera total la información disponible en el servicio web, por la información generada por la empresa. Ej. Situación de grandes contribuyentes y/o sujetos que a pesar de ser categorizados como MiPyMES pueden tener un gran volumen de operaciones (documentos emitidos y recibidos) a registrar.

4) Se deberá definir en qué formato se podrá a disposición el libro, es decir, en Excel o en pdf.

5) A la fecha no se publicaron los diseños de registro, los manuales de procedimientos y demás especificaciones técnicas para la implementación de la aplicación.

6) Obliga a la generación y presentación del "Libro de IVA Digital". en forma previa a la presentación de la declaración jurada del IVA correspondiente.

7) Sería conveniente que se aclare el tratamiento para IVA contendido en las notas de créditos emitidas y recibidas, las cuales de acuerdo a lo establecido por la ley del gravamen deben ajustar el débito fiscal y/o el crédito fiscal según corresponda.

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