[#Desigualdad] La CGT manifestó su preocupación por la ley de Riesgos de Trabajo

[#Desigualdad] La CGT manifestó su preocupación por la ley de Riesgos de Trabajo

La Confederación General del Trabajo Regional Mar del Plata, a través de su Secretario General Jorge Váttimo, solicitó al Senado de la Provincia de Buenos Aires la no adhesión a la Ley 27.348, complementaria de Riesgos de Trabajo.

 

Mediante un comunicado, expresaron: “Consideramos que la mencionada ley es jurídicamente inviable, inconstitucional y contraria a las convenciones que consagran la protección internacional de los derechos humanos. La Provincia de Bs. As. tiene la obligación constitucional de asegurar el servicio de justicia, no pudiendo delegar dichas funciones en órganos administrativos del Poder Ejecutivo Nacional, por lo que resulta improcedente asignar funciones jurisdiccionales a las Comisiones Médicas, tal como lo establecería la adhesión provincial a la Ley 27.348”.

A continuación, resaltaron que “las Comisiones Médicas, que son órganos administrativos federales, no pueden asumir la aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo, ya que ésta es materia de derecho común y por lo tanto sólo concierne a los tribunales provinciales. Los tribunales provinciales y las normas de procedimientos locales forman parte de los poderes no delegados por las provincias al Estado Nacional, por lo que la adhesión de la provincia a la Ley implicaría la delegación expresa de estas facultades y sólo podría realizarse por una Convención Constituyente y nunca por vía legislativa tal como se propone en el proyecto”.

“Al establecer una instancia administrativa, previa, obligatoria y excluyente, la adhesión a la Ley vulnera la garantía constitucional de tutela judicial, continua y efectiva, y el acceso irrestricto a la justicia. Por otro lado, vulnera el ejercicio indelegable del poder de policía en materia laboral y la necesaria existencia de tribunales judiciales especializados. Las Comisiones Médicas no constituyen órganos imparciales e independientes, sus integrantes carecen de estabilidad laboral y de la competencia técnico–jurídica necesaria para resolver conflictos de intereses y derechos, por lo tanto la función que se le asigna resulta claramente inconstitucional”, agregaron.

En ese sentido, subrayaron: “En el procedimiento administrativo ante las Comisiones Médicas no se aplican los principios tutelares del Derecho del Trabajo, se vulnera la inviolabilidad de la defensa de la persona y de los derechos, y en modo alguno garantizan la efectiva vigencia de los derechos a la salud laboral de los trabajadores y las trabajadoras, y a las condiciones dignas y equitativas de labor”.

“Para los trabajadores y las trabajadoras bonaerenses, la imposición del trámite administrativo de la Ley 27.348 implicaría aumentar los obstáculos burocráticos y económicos de acceso a la justicia en materia de derechos sociales. A su vez, agravaría la desigualdad real (económica y social) de trabajadores, empleadores e intermediarios del sistema y no garantizaría la asistencia jurídica idónea y gratuita del trabajador y trabajadora en situación de vulnerabilidad. Tampoco garantizaría la inmediatez por la desigual localización de las Comisiones Médicas en la geografía provincial, a la vez que impediría la llegada de información adecuada de fácil acceso al trabajador y a la trabajadora, que por otra parte y considerando la existencia de gran disparidad de plazos perentorios y normas reglamentarias, que pondrían en serio riesgo sus derechos, violando los principios de irrenunciabilidad e integralidad de las prestaciones del sistema. Por último, el procedimiento carece de plazos razonables, dado que se alargarían los tiempos con apelaciones suspensivas que no garantizan la efectividad de las prestaciones”, finalizaron.

Qué pasa en la actualidad

Hoy existen sólo 6 Comisiones Médicas en la Provincia de Buenos Aires, que pasarían a ser 15 Comisiones Médicas y Delegaciones, las que deberían suplir la labor de 68 Tribunales de Trabajo, con lo cual resultará materialmente imposible de cumplimentar con el plazo de 60 días fijado por la Ley a la que se pretende adherir. “Dicha adhesión trastocará el mapa judicial de la Provincia al privar a los Tribunales del Trabajo, donde no haya Comisiones Médicas, de toda competencia en materia de daños, recargando a los Tribunales donde sí las haya”, manifestaron desde la CGT.

Cabe señalar que el sistema de cobertura de Riesgos del Trabajo conforme lo establece la normativa internacional ratificada por Argentina, debe contener necesariamente distintas etapas: prevención, prestaciones médicas, reparación, y reinserción laboral. En la Ley 27.348, a la que se pretende adherir, sólo se aborda una de ellas, la reparación, y en forma parcial, menguada y perjudicial para los trabajadores y las trabajadoras. Esto generará responsabilidad internacional del Estado Nacional y de las autoridades provinciales, por incumplimiento de convenios ratificados con jerarquía supralegal (Convenio OIT 155 de Seguridad y Salud de los Trabajadores, Convenio OIT 187 Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo y Protocolo 2002 sobre Seguridad y Salud en el Trabajo).

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