Voz Docente pedirá al STJ que declare la inconstitucionalidad de la Ley 1.638

Voz Docente pedirá al STJ que declare la inconstitucionalidad de la Ley 1.638

Carlos Toloza sostuvo que “el haber jubilatorio mensual máximo será del 52,5%, del cual se pagará el 82% a las jubilaciones especial y ordinaria y del 70% a las pensiones por viudez”

El secretario general de Voz Docente, Profesor Carlos Toloza, adelantó a La Mañana que la entidad que dirige se presentará la semana próxima ante el Tribunal Superior de Justicia con una solicitud de declaración de inconstitucionalidad de la Ley 1.638 de reforma jubilatoria.

El dirigente gremial informó que la reforma jubilatoria entró en plena vigencia el 11 de julio, cuando se la publicó en el Boletín Oficial N°10.584. Explicó que el proyecto de ley, enviado por el PEP con las firmas del gobernador Insfrán y del ministro de Economía Jorge Ibáñez, ingresó a la Legislatura Provincial el jueves 7 de julio de 2016, a las 12.30 horas y fue aprobado el mismo día a las 21 como Ley 1.638, en tanto que el PEP la promulgó el 8 de julio por Decreto N° 335 y la publicó el 11 del mismo mes.

Toloza afirmó que en el Artículo 49° de la ley de la reforma “se establece que se reconocerá un punto y medio porcentual (1,5%) por cada año trabajado hasta un máximo de 35 años, de modo que si un maestro se jubila con 25 años de servicio su haber jubilatorio mensual será del 37.5% del sueldo en actividad y se le pagará el 82% de ello, pero se lo complementará con una suma fija, que la ley llama, por vergüenza propia del hacedor, ‘’prestación supletoria’’, pero que se trata ni más ni menos que de una suma fija vergonzante, con lo que alcanzaría el 82% de un sueldo en actividad”. Agregó que en el caso de que trabaje hasta los 35 años de servicio, el haber jubilatorio llegará al tope máximo del 52,5% para de allí calcular el 82% y la suma fija complementaria.

Hizo notar que “con el invento de estas fórmulas del pago de haberes a jubilados se hace desaparecer, porque se tornan innecesarios los años trabajados en demasía, es decir, dará lo mismo para un docente trabajar 25 que 35 años, o para un administrativo 30 que 35, porque al final y según la ley se complementará con la suma fija para llegar al 82%, que se promete”.

Más adelante el secretario general de Voz Docente explicó que la prestación jubilatoria por viudez (pensiones) “sufre una merma salarial por partida doble, por una parte la merma que surge del tope máximo establecido y por el otro porque se pagará sólo el 70% y no el monto del 82% que venía percibiendo el causante”.

Remarcó que “a partir del 11 de julio ya nadie podrá beneficiarse por los años trabajados en demasía, toda vez que desaparece el beneficio de medio punto por ciento(0,5%) por cada año trabajado más allá del mínimo establecido y porque la suma fija oficia de borrador general”.

Recordó que mañana, a las 8.30 y en la sede gremial de Maipú 28 de esta ciudad, se realizará la Asamblea Provincial de Delegados Escolares para analizar la situación y decidir el curso de acción en reclamo de la derogación de la ley.

Manifestó que todas las acciones que se llegaren a tomar “deberán ser coordinadas con otros gremios del sector estatal igualmente perjudicados que los docentes, porque se trata de una ley que perjudica a todos los estatales, tanto provinciales como municipales y de los tres poderes”.

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