En la Secretaría de Trabajo se realizó la firma del Acta Acuerdo de adhesión a la Ley Nacional Nº 26.541 que establece como jornada no laborable para los Empleados de Comercio de Santiago del Estero en su día.
En el desarrollo de la reunión, se acordó dar cumplimiento con lo establecido en la Ley Nacional 26.541, donde se dispone el descanso para los empleados de comercio, teniendo en cuenta que el día 26 de septiembre se conmemora el “Día del Empleado de Comercio”, dejando expresado en el Art. 1 de dicha acta el cierre de las cadenas de supermercados, grandes supermercados y cadenas de venta de electrodomésticos y pequeñas y medianas empresas dedicadas a dicha actividad.
En tanto, en su Art. 2, se dispone que los comercios que deseen realizar sus actividades habituales en el Día del Empleado de Comercio, lo podrán hacer con atención personal de sus dueños, estimando conveniente para garantizar el mantenimiento de la armonía laboral que tal conducta sea notificada a la Secretaría de Trabajo de la Provincia.
Finalmente el secretario de Trabajo, Andrés Bernasconi, junto con el director de Relaciones Laborales, Carlos Adamo, agradecieron a los presentes por la voluntad de diálogo demostrada, que permitió lograr dicho acuerdo.

Comentá la nota