Preocupación de la CCC y CAC por los regímenes de recaudación de Ingresos Brutos

La Cámara de Comercio de Córdoba adhiere al comunicado de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) manifestando su posición ante los graves perjuicios que ocasionan los regímenes de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos a las actividades que representa.

La CAC manifiesta su preocupación por los graves perjuicios económicos y financieros que ocasionan al comercio y los servicios los múltiples regímenes de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos que aplican las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Los mencionados regímenes, sumados a sus similares aplicados por la Nación y por los municipios, constituyen una parte esencial de la complejidad del sistema tributario argentino y representan una pesada carga administrativa para el sector privado, que, de esa manera, debe asumir funciones recaudatorias del Estado sin retribución alguna y sujetas a fuertes penalidades ante errores o moras aún involuntarias.

Entre los aspectos más gravosos y preocupantes informados por los asociados, pueden mencionarse, a mero título ejemplificativo, los siguientes:

a) La superposición de regímenes (de percepción, de retención, de recaudación sobre liquidaciones de tarjetas de crédito y sobre acreditaciones bancarias) sobre las mismas operaciones, excediendo, en numerosas ocasiones largamente, las alícuotas legales y, por ende, generando permanentes y significativos saldos a favor de los contribuyentes.

b) La no adhesión de ciertos fiscos locales a los regímenes administrados por laComisión Arbitral, lo cual incrementa los referidos saldos.

c) La complejidad de la obtención de atenuación de alícuotas o de la suspensión de la aplicación de los regímenes de recaudación, ante la existencia de saldos a favor del contribuyente.

d) La enorme dificultad que entraña lograr la devolución de saldos a favor, a pesar de los acuerdos –en tal sentido- suscriptos por los fiscos locales con la Nación.

e) La designación como agentes de recaudación de sujetos que no poseen establecimiento ni un nivel de actividad en la jurisdicción que los designa como tales, que amerite que deban asumir dicha carga.

f) La dificultad para las empresas, en particular las pequeñas y medianas, para conocer las normativas de todas las jurisdicciones involucradas con el riesgo de generar errores y/u omisiones involuntarias.

g) La generación de saldos a favor de los contribuyentes puede provocar distorsiones en la distribución de la base imponible afectando la equidad entre las jurisdicciones que debe primar en un sistema federal y entre éstas y los

contribuyentes.

Es por ello que la CAC impulsa:

a) El desarrollo e implementación de regímenes generales unificados de retención y percepción regulados por la Comisión Arbitral.

b) Que hasta tanto dichos regímenes estén en funcionamiento, las jurisdicciones apliquen, en sus regímenes vigentes, un estricto criterio de territorialidad y proscriban la aplicación de múltiples regímenes sobre una misma operación.

c) Completar la adhesión de todas las jurisdicciones a los regímenes ya implementados, como el SIRCREB y el SIRTAC.

d) Establecer procedimientos ágiles y automáticos para atenuar las alícuotas o suspender la aplicación de los regímenes de recaudación ante la existencia de saldos a favor, sin perjuicio de las facultades de fiscalización posterior por parte de los fiscos.

e) Asegurar sistemas expeditivos de devolución de saldos a favor de los contribuyentes que superen determinada proporción respecto del impuesto por ellos ingresado.

f) Que se invista a la Comisión Arbitral de las facultades que resulten necesarias para la implementación y administración de los regímenes unificados de recaudación, y que estos resulten de aplicación obligatoria para todos los fiscos una vez que adhieran más de dos tercios de ellos.

g) Legitimar a los contribuyentes para exigir a los fiscos el cumplimiento de las cláusulas de los consensos o acuerdos fiscales suscriptos.

Vale señalar que la CAC ha estado en contacto con las autoridades de la Comisión Arbitral y de la Secretaría de Ingresos Públicos de la Nación, en orden al logro de los objetivos mencionados, y se encuentra disponible para colaborar abiertamente con dichos organismos a fin de lograr la pronta implementación de las modificaciones propuestas.

Comentá la nota