Suoem: Bonificaciones, ¿puerta de entrada de la Tarjeta Activa?

Suoem: Bonificaciones, ¿puerta de entrada de la Tarjeta Activa?

Un conflicto menor sostenido por algunos empleados de la Justicia Administrativa de Faltas abrió un interrogante que retumba adentro del gremio, ¿pueden las bonificaciones ser la llave de entrada para que el Ejecutivo imponga la Tarjeta Activa a los municipales? En el Suoem sospechan.

El conflicto desatado entre el Ejecutivo y el sindicato de empleados municipales que empezara en mayo del año pasado y se extendiera hasta noviembre del 2020, momento en el que se firmó el primer acuerdo paritario y una tregua que hasta ahora se mantiene, dejó varias secuelas en el gremio, que hoy estudia la legislación que le atañe con un detallismo que hasta entonces consideraba innecesario.

Para contextualizar, podemos recordar que entre mayo y julio del 2020 el municipio no sólo avanzó con el recorte de la séptima hora de jornada, sino que también redujo los viáticos, las prolongaciones de jornada y horas extra, quitó chapas de inspectoría y un largo etcétera, para luego promediar esos ajustes devolviendo, entre otros ítems, las mencionadas “chapas” y las bonificaciones que su concesión trae aparejadas.

Sin embargo, un grupo de empleados municipales que revistan en la Justicia Administrativa de Faltas sostiene un reclamo -con asambleas disimuladas por el sistema de “burbujas” con el que la repartición trabaja- porque acusan que del 30 por ciento del básico que antes percibían como bonificación se les restituyó sólo el 25 por ciento, quedando un remanente de cinco puntos que no fue devuelto.

Ese pequeño conflicto encapsulado en la Justicia Administrativa del que hasta la propia conducción del Suoem se ha desentendido no tendría mayor relevancia si no fuera por las versiones que ha desatado dentro del gremio: los empleados aludidos aseguran haber recibido una oferta para recuperar lo que reclaman, pero con una condición, que sea por medio de la Tarjeta Activa, el programa que impulsa el Ejecutivo a través de la Secretaría de Economía y que tiene, entre sus principales objetivos, favorecer la economía local dirigiendo el consumo hacia los comercios de cercanía, uno de los sectores más golpeados por la crisis.

Esta propuesta, que no ha sido hasta al momento aceptada, es mirada con gran suspicacia por un grupo de municipales que empieza a pensar que las bonificaciones especiales podrían ser la puerta de entrada que el Ejecutivo imagina para la Tarjeta Activa a los planteles municipales que, a diferencia del Surrbac y de los Servidores Urbanos, no han aceptado ser incluidos en el programa.

Ahora bien, ¿por qué intuyen que esta situación, sumamente específica de una repartición, podría extenderse a otras áreas? La respuesta está en la Ordenanza de Remuneraciones, y más concretamente en sus artículos 8 y 9, que regulan las bonificaciones especiales.

Estos ítems, prescriptos por el artículo 8, son “extras” que los municipales reciben por desempeñar funciones que supuestamente demandan una cualificación especial o acarrean algún tipo de riesgo, aunque a partir de la inclusión del inciso 2, que data de los tiempos en que Luis Juez manejaba el municipio, se encuentran sumamente extendidos entre la planta sin justificarse en la mayoría de los casos.

Al tipificar cada bonificación especial la ordenanza en cuestión establece que el agente podrá cobrar, por la especificidad o riesgo de sus funciones, un extra “de hasta” un determinado porcentaje que va del 10 al 50 por ciento de su salario básico. De antaño en la práctica siempre se ha liquidado, en cada caso, el porcentaje máximo expresado por la norma, pero ahora que el gremio sí lee los puntos y comas de la legislación y busca, con algún grado de justificada psicosis, los resquicios de los que podría valerse el ejecutivo, empieza a pensar que el asunto podría variar.

Por otra parte, la redacción del artículo 9 de la misma ordenanza tampoco lleva demasiada tranquilidad a los municipales. En ese apartado se establece que las bonificaciones “…deberán ser acordadas por decreto del Departamento Ejecutivo, determinándose en cada caso los agentes beneficiados, período, porcentajes y demás condiciones de otorgamiento según corresponda”.

Surge entones una segunda interrogante: ¿son las bonificaciones un derecho adquirido? El hecho de que deban renovarse periódicamente no parece abalar esa hipótesis.

Sin entrar en mayores tecnicismos cabe decir que el asunto puede variar según sea interpretado por el fuero Laboral o el fuero Administrativo, que para peor de males no siempre logran identificar con claridad el límite de sus competencias cuando de relaciones de trabajo se trata.

 

Por Felipe Osman

Comentá la nota