La Capital deberá acompañar la constancia de pago de haberes de marzo de 2020

La Capital deberá acompañar la constancia de pago de haberes de marzo de 2020

Luego de un encuentro realizado este lunes mediante la plataforma “Cisco Web Meeting” del que participaron los gremios nucleados en la Confederación Sindical de Trabajadores de los Medios de Comunicación de Mar del Plata (COSITMECOS) y representantes del multimedios La Capital S.A, el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires intimó a la empresa a que acompañe antes del próximo jueves la constancia de pago de los haberes a los trabajadores correspondientes al mes de marzo 2020.

 

El encuentro se realizó mediante la plataforma Cisco Web Meetings y comparecieron la Directora Provincial de Negociación Colectiva del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, Lic. Natalia Villalba Lastra (FOTO); por una parte, y en representación de la Confederación Sindical de Trabajadores de los Medios de Comunicación Social de la República Argentina – Mar del Plata (COSITMECOS – Mar del Plata) Roberto Clerf, Secretario General SATSAID, Pablo Merlo, Secretario General Gráficos,  Martín Navarro, Secretario General AATRAC, . Miguel Belza, Secretario Adjunto Sindicato de Prensa Mar del Plata, . Miguel Guglielmotti, Secretario General CGT Regional Mar del Plata,  Anibal Alexandrescu, Secretario Adjunto Sindicato de Gráficos, Sergio Gelman, Secretario General Sociedad Argentina de Locutorores (SAL) y Secretario Administrativo COSITMECOS Nacional, con el patrocinio letrado del Dr. Ricardo Fernandez Alanis y en representación de la empresa Editorial La Capital S.A. la Dra. Romina Durand en carácter de apoderada.

Por su parte, la representación sindical requirió al Ministerio de Trabajo que intime a la patronal (Editorial La Capital S.A. y Difusora Austral S.A.) a que cese inmediatamente en el hostigamiento hacia los trabajadores y trabajadoras que tiene por repudiable finalidad que suscriban instrumentos impuestos unilateral e ilegalmente como así también que deje sin efecto la imposición de un sistema de reducción horaria para intentar justificar abonar sólo el 50 % de los salarios, cuando los Convenios Colectivos de Trabajo y Estatutos Profesionales aplicables no lo permiten.

Asimismo, requirieron que dicho medio abone el 100% de los salarios de todos sus trabajadores y trabajadoras del mes en curso y de los subsiguientes.  “Todo ello con fundamento en que el grupo empresarial denunciado nunca interrumpió su actividad normal y habitual por haber sido declarada esencial su actividad (Artículo 6, Pto. 9, de lDNU 297/2020) con lo cual continúa generando recursos para poder afrontar el pago íntegro de las remuneraciones como lo dispone el Artículo 8 del DNU 297/2020”, expusieron.

En segundo término, la representación empleadora negó que hubiese existido hostigamiento alguno a los trabajadores por parte de la empresa como así también que se hubiese impuesto unilateralmente la firma de documento con reducción de jornada y ratificaron que cada trabajador suscribió la misma de conformidad y que los haberes del mes de marzo fueron abonados en su totalidad.

Conforme a ello, el Ministerio de Trabajo hizo a la representación empleadora que, previo a adoptar medidas que pudieran implicar una modificación a las relaciones laborales existentes, “es obligatorio agotar los procedimientos previstos, por lo que, hasta su agotamiento, no se podrán adoptar ninguna de las mismas, constituyendo una falta muy grave no hacerlo, dejándose constancia que se podrá verificar el cumplimiento de la presente a través del Servicio de Inspección y Vigilancia de este Organismo”.

Asimismo, se intimó a la representación empleadora a continuar dialogando en el marco de la buena fe negocial como así también que se acompañe antes de la próxima audiencia que se designe, constancia de pago de los haberes correspondientes al mes de marzo 2020.  Por último, se fijó una nueva audiencia para el próximo jueves a las 10.

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