El Ejecutivo reconoce lo acordado con el STMA en el Ministerio de Trabajo

Después de ser notificados el día 29 de agosto por el Departamento Ejecutivo Municipal de un llamado a Negociación Colectiva donde había un temario de temas a tratar, nuestro gremio denuncia tanto en la delegación del ministerio de trabajo como en el mismo municipio que ese llamado a negociación colectiva estaba fuera de la ley ya que no hacía referencia al único Art. Que marca la reglamentación de esta mesa que es el Art.52 de la ley 14.656 y además denunciamos que se estaban abordando temas que ya estaban acordados.

 

El día 30 de agosto la delegación del ministerio de trabajo nos responde dándonos la razón de que los temas que ya habían sido acordado en la sede del ministerio ya tenían vigencia y validez como por ejemplo EL PASE A CONTRATOS DE DESTAJISTAS y LA JUNTA DE CALIFICACION, ASCENSO, DISCIPLINA Y MEDICA, la cual tenía que haber sido en el día de hoy, ósea el 31 de agosto.

En el día de la fecha la delegación del ministerio de trabajo manda otra notificación donde se expide diciendo que lo que respecta al armado de la mesa de la Negociación colectiva dentro del Art 52 de la ley 14.656 fue elevado a la Subsecretaria de Negociación Colectiva, esperando que la misma se expida para ver la ilegalidad de este armado de esta mesa de negociación.

Haciendo alusión a lo expuesto por el Ministerio de Trabajo el Departamento Ejecutivo ha vuelto a convocar, notificando por debajo de la puerta, otra vez fuera de la ley (Art 52 de la 14.656) y sacando de la negociación temas que ya fueron abordados y acordados con nuestro gremio, los cuales son:

· Rectificación de criterio de contratados a planta permanente: por convenio colectivo firmado por nuestro gremio el intendente tiene que pasar 500 empleados en tres años, los 150 que pasa este año se decidió que solo sea por antigüedad y cuando nosotros reclamamos que sea dentro de la negociación colectiva nos dijeron que no, solo tiene que mandar el listado definitivo, ver si tiene alguna corrección y hacer el acto administrativo como lo propusieron ellos y aceptaron todos

· Cambio de modalidad de destajistas a contrato: después de una gran movilización se acordó con nuestro gremio en la sede del ministerio de trabajo que pasan todos los destajistas a contratos respetándose la antigüedad y pasando directamente a planta permanente los que le corresponde todos antes del 31/12/16.

· Junta de calificación, ascenso, disciplina y medica: se acordó con nuestro gremio dentro de la sede del ministerio de trabajo que la fecha era el 31 de agosto (HOY) y no se cumplió, estando a espera de una nueva fecha ya que la junta no puede estar nunca dentro de una negociación colectiva y la misma también se llama por Art 52 de la 14.656

· Designación de personal mediante llamado a concurso: no puede ser tema de discusión, es un art del convenio colectivo Art. 11

· Ropa de trabajo: el Departamento Ejecutivo presento un cronograma donde faltaban el 60% de los empleados y que los demás gremios aceptaron y nuestro gremio no (HAY QUE HACERSE CARGO DE LO QUE SE ACEPTA)

· Aumento salarial: En lo que respecta a lo salarial nuestro gremio y el Ejecutivo Municipal nos encontramos en CONCILIACION OBLIGATORIA dictada por la delegación del Ministerio de trabajo quedando como fecha de discusión salarial entre las partes el día 7 de septiembre a las 10 hs en la delegación de Ministerio de Trabajo, mientras tanto puede haber reuniones de conciliación entre nuestro gremio y el Ejecutivo Municipal.

Entendiendo que debe resolverse la legalidad de la mesa por la Subsecretaria de Negociación Colectiva de la Provincia de Buenos Aires es que este gremio no va a asistir a discutir estos tres temas que quedan ya que cualquier acuerdo que se genere será ilegal y no tendrá validez hasta tanto se confirme la representación de quienes se sientan en la mesa.

“la única lucha que se pierde es la que se abandona” 

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