Guardavidas: qué dice el decreto y qué esgrimen los trabajadores, en el eje de la controversia

Guardavidas: qué dice el decreto y qué esgrimen los trabajadores, en el eje de la controversia

En plena controversia tras la decisión del intendente Carlos Sánchez de vetar la ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante, con la que se disponía regular las condiciones de prestación del servicio de guardavidas, desde la Asociación que los nuclea los trabajadores de la seguridad de las playas difundieron el tramo de la Ley 14.656 en el que basan su posición favorable a la sanción de una ordenanza. El artículo 2 menciona al Ejecutivo y al Concejo Deliberante como los facultados para “el acto administrativo de designación de personal”.

Al mismo tiempo, LU 24 tuvo acceso al decreto municipal con que el Ejecutivo resolvió ordenar lo relativo a la seguridad de las playas, y la diferencia central que tiene con lo esgrimido por los trabajadores de las playas está dada en la contemplación de lo normado por el Convenio Colectivo de Trabajo Nº58, que tras años de lucha los trabajadores municipales lograron suscribir en diciembre de 2017 y que fue homologado por el Ministerio.

Ese convenio colectivo, base de la interpretación jurídica por la que se decidió el veto, indica expresamente en su artículo 1 que “la convención colectiva comprende a todos los trabajadores de la Municipalidad de Tres Arroyos en sus diferentes grupos ocupacionales, clases y categorías, y comprende al personal de planta permanente, a prueba o con estabilidad, planta temporaria, contratados y cualquier otra situación de revista actual o futura, creada o a crearse, en actividad o bajo licencia de cualquier tipo o naturaleza”. La norma alcanza, incluso, a personal afectado a empresas, organismos descentralizados o cualquier otro ente en que la Municipalidad tenga participación mayoritaria o dominante.

El decreto además tiene en cuenta la facultad de “nombrar, aplicar medidas disciplinarias y disponer la cesantía de los empleados del Departamento Ejecutivo, con arreglo a las leyes y ordenanzas sobre estabilidad del personal”, otorgada al Ejecutivo por la Ley Orgánica de las Municipalidades en el inciso 9 del artículo 108.

Si bien en las últimas horas los guardavidas impulsaron, junto a la oposición, la realización de una reunión extraordinaria de la Comisión de Turismo para seguir avanzando en este tema, todo indica que el Ejecutivo se mantendrá en su postura de hacer valer las normas mencionadas y, sobre todo, de no dejar sentado un precedente aceptando reglamentar una ordenanza que termine avalando la creación de regímenes laborales especiales, que luego podrían ser demandados por otros sectores.

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