El Sindicato de empleados de Estaciones de Servicio considera que el Decreto de tope a las indemnizaciones es inconstitucional

El Sindicato de empleados de Estaciones de Servicio considera que el Decreto de tope a las indemnizaciones es inconstitucional

Advierten que tanto en casos retroactivos como para futuros litigios, las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo plantearán este argumento a favor de los empleados afectados, “porque la Constitución establece la progresividad de los derechos, con justicia social”.

Los anuncios presidenciales sobre la modificación de beneficios favorables a los empleados que sufren accidentes de trabajo que le provocaren una discapacidad o la imposibilidad de retomar sus tareas en forma permanente, generó también en el sector expendedor un alerta desde el punto de vista de la legislación.

En diálogo con surtidores.com.ar, el asesor letrado del SOESGyPE, Enrique Rodríguez, dejó en claro que “va contra toda ley superior el hecho de establecer que, de ahora en más, las indemnizaciones deberán actualizarse con el índice de remuneraciones imponibles promedio de los trabajadores estables (Ripte), por sobre el cálculo por tasa activa de los bancos, como se venía haciendo”.

El abogado laboralista agregó que este tipo de modificaciones no caben dentro de la modalidad de un DNU para favorecer a las ART en contra de los derechos constitucionales de los trabajadores, pero aclaró que “la medida gubernamental no beneficia ni perjudica a los propietarios de las expendedoras, ya que solamente se refiere a la relación del trabajador con las aseguradoras para casos de accidentes inhabilitantes”.

Advirtió que “no existe razón de urgencia para este tipo de casos y el Congreso está funcionando por lo que no se justifica implementar este tipo de decisiones que de manera arbitraria limitan derechos incluso retroactivamente para causas que están en trámite anterior”.

Agregó que carece de toda validez, porque que se trata de un decreto de necesidad y urgencia que modifica a una ley nacional. En segunda instancia, refirió que los derechos sociales adquiridos no pueden “rebajarse”, sino que siempre deben tender a mejorar las condiciones del  trabajador, pero no a empeorarlas porque “puede ser declarado inconstitucional”.

OPINION DE LAS ART

En los considerandos de la nueva norma, se destaca que resulta necesario asegurar la continuidad de las condiciones de sostenibilidad del Sistema de Riesgos del Trabajo, propiciando la protección de los asegurados y trabajadores mediante un sistema financieramente viable.

Desde la Asociación de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo convalidaron la decisión y aseveraron que el decreto busca “garantizar los derechos de los 10 millones de trabajadores cubiertos”. Señalaron que de continuar con la política de tasas altas, el sistema ART se desfinanciará, colapsando y dejando desprotegidos a los 10 millones de trabajadores.

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