Vacunación en horario de trabajo: Sindicato de Municipales de Campana rechazó resolución del municipio

Vacunación en horario de trabajo: Sindicato de Municipales de Campana rechazó resolución del municipio

La comunicación fue emitida por la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Campana, en el que se asegura que "todos los empleados municipales que cuenten con turno para recibir la vacuna del Covid, lo deben hacer fuera del horario de trabajo".  El Secretario General del sindicato Carlos Barrichi cuestionó que "cuando necesitan de los trabajadores los consideran esenciales y ahora se les condiciona el derecho a vacunarse".

Un comunicado interno difundido a los trabajadores municipales de Campana indicó que aquellos empleados que reciban un turno para vacunarse contra el COVID-19 solo podrán hacerlo fuera del horario laboral. Desde el Sindicato de Municipales de Campana denunciaron que "el Municipio intenta regular el derecho a vacunarse de los Trabajadores".

La comunicación fue emitida por la Dirección de Recursos Humanos de la Municipalidad de Campana, en el que se asegura que "todos los empleados municipales que cuenten con turno para recibir la vacuna del Covid, lo deben hacer fuera del horario de trabajo". También se solicita que en caso de efecto adverso se debe presentar un certificado médico si se ausenta.

En tal sentido el Sindicato de Trabajadores Municipales manifestó que tal resolución "cercena y regula injustificada e ilegalmente el derecho de obtener la vacuna contra Covid 19. El trabajador que es citado a recibir su vacuna debe concurrir  EL DIA Y HORA QUE LE HA SIDO ASIGNADO, no pudiendo en su caso cambiar horario de concurrencia".

"El diagrama y logística de otorgamiento de turnos está sujeto a un plan Nacional/Provincial, que instruye una  dinámica predeterminada  a llevar a cabo, y en ningún caso puede ser modificado por una resolución interna de orden Municipal. El certificado obtenido al momento de ser vacunado es documento suficiente, para acreditar, ante cualquier autoridad incluida la patronal para certificar el motivo de ausencia temporaria de su lugar y puesto de trabajo. Dicho permiso, no podrá ser nunca negado, o supeditado a condición alguna", agregaron.

El Secretario General del sindicato Carlos Barrichi manifestó: "Nada es más importante que la integridad y la salud del trabajador ante la contingencia lamentable de pandemia. Cuando necesitan de los trabajadores los consideran esenciales y ahora se les condiciona el derecho a vacunarse, es obligación de la Municipalidad  velar por la salud de sus dependientes."

"Si por reacciones adversas suscitadas a consecuencia de la vacunación - agregó - durante las 24/48 hs posteriores a la vacunación no será necesario acudir a facultativo alguno que certifique estas patologías, dichas patologías reactivas,  se encuentra debidamente acreditada con el certificado de vacunación correspondiente. Si dichas adversidades sobrevinientes se extendieran por un plazo mayor o por su gravedad necesiten un plazo mayor de atención y/o recuperación deberá ser comunicado a su superior inmediato y si acreditarse con el correspondiente  certificado emanado del médico que intervenga en la ocasión".

Y remarcó: "Si nuestro Señor Intendente quiere colaborar con sus trabajadores a fin de agilizar y poder cumplimentar con el esquema de vacunación para evitar mayores consecuencias en horas de trabajo, debería y así lo solicitamos en expreso gestionar UN OPERATIVO DE VACUNACION EN EL LUGAR Y PUESTO DE TRABAJO, Y EN TODAS LAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES, y evitar condicionar la concurrencia de sus dependientes".

Para concluir Barrichi expresó "que cualquier duda o inconveniente solicitamos se acerque a nuestra sede, donde se analizara cada caso en particular concreto que se presente conjuntamente con las autoridades responsables del operativo de vacunación, para encausar los reclamos que sean necesarios en salvaguarda de la integridad sanitaria de nuestros Trabajadores Municipales".

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