El STIA deberá pagar los daños que provocó

El STIA deberá pagar los daños que provocó

El gremio de la alimentación aceptó hacerse cargo de la reparación de daños provocados por una manifestación alentada por esa organización contra la vivienda de un abogado de Puerto Madryn. El profesional, representante de varias pesqueras, había sido objeto de un escrache, un método habitual del sindicato.

El Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de Chubut evitó la prosecución de un proceso penal contra afiliados y dirigentes que provocaron daños sobre bienes de un abogado de Puerto Madryn, durante una manifestación por reclamos laborales que terminó en un “escrache”, una metodología habitual y recurrente a la que ha apelado esa organización en diferentes protestas.

Para que no avance la causa penal, aceptaron en una conciliación hacerse cargo de la reparación de los daños provocados en una vivienda y un rodado, propiedad del abogado Diego González Lernoud, ocurrido meses atrás.

El acuerdo se realizó mediante una conciliación penal entre el STIA y el representante legal de varias empresas pesqueras de la región. El sindicato además pidió disculpas.

La causa la había iniciado el Ministerio Público Fiscal de oficio luego del escrache que sufriera el abogado González Lernoud en su vivienda, donde le pintaron con aerosol su domicilio y su vehículo en una protesta que tuvo lugar el año pasado. La conciliación entre las partes estuvo a cargo de María Gabriela Narez, quien se encuentra al frente del área de Conciliación de la Fiscalía, en base a lo previsto en el artículo 47 del Código Procesal Penal de Chubut.

El gremio que conduce Luis Emilio Núñez abonó una reparación económica de 9.293 pesos y manifestó “sinceras y formales disculpas” al abogado Diego González Lernoud, según dio a conocer la Fiscalía de Puerto Madryn.

De este modo, la organización sindical concilió judicialmente con la víctima de los daños, y le reparó los gastos de la pintura del frente de su domicilio, ubicado sobre el boulevard Brown, que fue objeto de pintadas, así como también su automóvil. Por su parte, González Lernoud accedió a no proseguir la causa penal y aceptó las disculpas de los integrantes del Sindicato.

La conciliación está prevista en la ley de Chubut. Una vez cumplida la obligación a la que llegan las partes, el juez homologa el acuerdo. Un detalle es que la conciliación no procede en casos de delitos donde el imputado es funcionario público, hechos cometidos con violencia física o con una pena mayor a tres años de prisión, es decir, no excarcelables.

El hecho sienta un precedente toda vez que la metodología del “escrache” ha sido un accionar habitual y recurrente a lo largo de los años por parte del STIA; incluso ese mismo domicilio había sido objeto de un accionar idéntico años atrás.

Independientemente de la legitimidad de cualquier reclamo de índole laboral, el método del “escrache” en los conflictos pesqueros casi se había naturalizado, y a diferencia de otras oportunidades, el Ministerio Público Fiscal empezó a actuar de oficio y abrió un proceso penal. En este caso se evitó su prosecución a partir de la conciliación y aceptación del gremio de la reparación del daño ocasionado.

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