Archivan denuncias contra dirigentes de Empleados de Comercio por inexistencia de delito

Archivan denuncias contra dirigentes de Empleados de Comercio por inexistencia de delito

La justicia archivó denuncias efectuadas en el año 2018 por un exdirigente del Sindicato de Empleados de Comercio, Luis Cravenna, contra miembros de la conducción que le ganó las elecciones gremiales a la lista que conducía, por inexistencia de delito.

Cravenna, quien fue tesorero de los mercantiles, denunció oportunamente al exsecretario general Carlos Alberto Barroso; al actual titular del gremio, Roberto Di Palma y a Adriana Dimayo y Silvia Beitía, subscretaria y tesorera, por delitos de acción pública, estafa y defraudación especial y, administración desleal en perjuicio del Sindicato.

La UFIJ 13, a cargo del doctor Carlos Facundo Lemble, llevó a cabo la instrucción de la causa, en cuyo marco incluso se llegó a allanar -el 27 de abril de 2018- la sede sindical de Hipólito Yrigoyen 143.

Según Cravenna, los denunciados “facturaban al gremio por servicios que no prestaban”. En el procedimiento judicial, según indicó a la prensa el secretario Di Palma, se solicitaron órdenes de pago e información de los libros de actas. En declaraciones posteriores al registro del gremio, los dirigentes mercantiles advirtieron que las denuncias de Cravenna eran “falsas, ya que ninguna de las personas denunciadas ha percibido suma alguna por tareas no realizadas o ha dejado de prestar servicios para su empleador directo, como consecuencia de sus nuevas labores gremiales. Entre la documentación requerida y puesta a disposición de la justicia, se encuentra el Libro de Actas de Comisión Directiva, donde expresamente se resolvió, que por la importancia y responsabilidad de las tareas a desarrollar por el Secretario General, Subsecretaria y Tesorera, se les abonara mensualmente una suma de dinero en concepto de honorario gremial”. Sobre este ítem en particular, sostuvieron que “debe quedar claro, que no existe ilegalidad y mucho menos tipificación de delito penal, en que un integrante de la Comisión Directiva perciba una suma de dinero mensual en concepto de honorarios gremiales, independientemente del salario que percibe de su empleador directo por las tares que sigue realizando”.

Ahora trascendió, a cuatro años del inicio de la investigación, que efectivamente el expediente se cerró por inexistencia de delito.

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