Atención cooperativas y mutuales: actualizan el marco regulatorio para prevenir lavado de activos

Atención cooperativas y mutuales: actualizan el marco regulatorio para prevenir lavado de activos

Tras once años sin modificaciones, la UIF fijó una serie de pautas que deberán cumplir esas entidades para prevenir maniobras de lavado

Por Gerardo Choren

La Unidad de Información Financiera (UIF) estableció las  obligaciones que los "sujetos obligados" de cooperativas y mutuales de todo el país deberán cumplir para gestionar los riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.

La decisión -que comenzará a regir desde el 1 de agosto- se tomó en sintonía con los estándares, las buenas prácticas, guías y pautas internacionales actualmente vigentes del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), aseguró el organismo.

A través de la Resolución 99/2023, publicada este viernes en el Boletín Oficial, la UIF destacó que el proceso de redacción de la medida contó con la participación del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), en el marco de lo previsto en la Ley N° 25.246.

También se realizó un intercambio con las federaciones y confederaciones que nuclean al sector.

Cuál es el objetivo de la actualización

El principal objetivo de la reforma es la adopción del enfoque basado en riesgo, según el cual los sujetos obligados deben identificar, evaluar y entender sus riesgos desde donde adoptar medidas para administrarlos y mitigarlos, a fin de prevenir de manera más eficaz el lavado de activos, puntualizó la UIF.

En consecuencia, se incorporan una serie de definiciones  relacionadas con prevención: autoevaluación de riesgos, efectividad del sistema preventivo, políticas, procedimientos y controles, alertas orientativas que sirven de guía para los sujetos obligados, así como también el establecimiento de reportes sistemáticos de cumplimiento mensual y anual, entre otras.

Además, en función de la segmentación propuesta por el INAES, la normativa establece para los sujetos que realizan únicamente el servicio de gestión de préstamos o que otorgan préstamos personales mediante fondos provenientes de recursos propios y de cobro por deducción o recibo de haberes, la posibilidad de confeccionar el informe técnico de autoevaluación y su metodología, presentar la declaración de tolerancia al riesgo, el informe del revisor externo independiente y el reporte sistemático anual, cada dos años.

La advertencia de la UIF a cooperativas y mutuales

"El sector de mutuales y cooperativas debe entender la probabilidad de que los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo ocurran y el impacto que puedan tener en cada una de las entidades del sector y posiblemente en la economía nacional a gran escala, en caso de materializarse", alertó la UIF en la Resolución.

En consecuencia, consideró necesario modificar el marco regulatorio vigente emitido respecto del sector de mutuales y cooperativas con el objeto de establecer y/o adecuar las obligaciones que deberán cumplir para administrar y mitigar esos riesgos.

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