Cortadores de indumentaria acordaron una suba en cinco tramos y blanqueo de sumas no remunerativas

Cortadores de indumentaria acordaron una suba en cinco tramos y blanqueo de sumas no remunerativas

La representación sindical de los cortadores de la industria textil y las cámaras del sector de la indumentaria alcanzaron un acuerdo salarial para el segundo semestre del año.

El entendimiento formalizado entre la Unión Cortadores de la Indumentaria (UCI) y la Federación Argentina de la Industria de la Indumentaria y Afines (FAIIA) establece un cronograma de recomposición en cinco tramos mensuales para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 614/10.

Un aspecto central del acta suscrita de la paritaria textil por las partes es el blanqueo salarial: las asignaciones no remunerativas que se venían abonando hasta el 30 de junio de 2026 pasarán a incorporarse de forma directa a los sueldos básicos del convenio. Esta reestructuración eleva el piso de cálculo sobre el cual se aplicarán los nuevos porcentajes acordados para el período de julio a noviembre.

La pauta salarial pactada se distribuye de forma acumulativa, calculándose cada porcentaje sobre la escala del mes inmediato anterior:

Julio: Suba del 6% sobre los básicos al 30 de junio.

Agosto: Incremento del 2% sobre los básicos vigentes al 31 de julio.

Septiembre: Ajuste del 2% sobre las escalas fijadas al 31 de agosto.

Octubre: Suba del 1,5% sobre los salarios del 30 de septiembre.

Noviembre: Incremento del 1% sobre los básicos del 31 de octubre.

De forma complementaria, se fijaron dos asignaciones extraordinarias no remunerativas por única vez. En agosto se liquidará un monto equivalente al 1% del básico de cada categoría, mientras que en noviembre se abonará un 0,8% bajo el mismo parámetro. Si bien estas sumas no computarán para el aguinaldo, vacaciones u horas extras, sí deberán ser consideradas para licencias médicas, accidentes de trabajo y trabajadoras en goce de licencia por maternidad.

Las partes redefinieron además los valores de los ítems fijos establecidos en el CCT 614/10. En el caso del viático diario (no remunerativo), la escala comenzará en $7.169 para julio, elevándose a $7.312 en agosto, $7.458 en septiembre, $7.570 en octubre y alcanzando los $7.646 en noviembre.

Por su parte, el refrigerio diario (de carácter remunerativo) arrancará en $3.447 en julio y se actualizará a $3.516 en agosto, $3.586 en septiembre, $3.640 en octubre y $3.677 en noviembre.

Respecto al subsidio por hijo o hija con discapacidad, el monto mensual ascenderá a $37.796 en julio, $38.552 en agosto, $39.323 en septiembre, $39.913 en octubre y $40.312 en noviembre.

Con el objetivo de garantizar las prestaciones de salud del sector, las cámaras patronales asumieron el pago de una contribución convencional empresaria de carácter extraordinario a favor de la Obra Social de los Cortadores de Indumentaria (OSCI). La misma será de $6.000 mensuales por cada trabajador activo, con la aclaración explícita de que no podrá ser retenida ni descontada de los sueldos. Asimismo, la base mínima imponible para la obra social se fijó en $134.800 para julio y alcanzará los $143.773 en noviembre, quedando a cargo del empleador cualquier diferencia de porcentaje.

El acuerdo contempla además la actualización de la contribución especial por sepelio ($26.239 en julio hasta llegar a $27.986 en noviembre) y detalla que, en tanto se tramite la homologación formal de la autoridad laboral, los montos abonados figurarán en los recibos bajo la leyenda “Pago anticipo acuerdo colectivo julio 2026”.

Las partes fijaron una cita formal para el lunes 16 de noviembre, fecha en la que se reabrirá la mesa paritaria para analizar el impacto inflacionario y discutir las escalas salariales del último tramo del año.

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