El juez federal de Lomas de Zamora, Federico Hernán Villena, intimó al Servicio Penitenciario Federal (SPF) a cumplir un fallo judicial firme que ordena liquidar el peculio de las personas privadas de la libertad conforme a la Ley de Contrato de Trabajo.
La decisión incluye la posibilidad de multas diarias y la imputación por desobediencia judicial en caso de incumplimiento.
La medida se dictó en el marco de un habeas corpus colectivo presentado por internos del Complejo Penitenciario de Ezeiza, quienes denunciaron una reducción indebida de sus ingresos por la disminución de horas laborales y el no pago de licencias justificadas.
Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas, el tribunal recordó que la sentencia de fondo fue dictada en mayo de 2019 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, quedó firme en diciembre de 2023 y hasta el momento no fue acatada por el organismo penitenciario.
En su resolución, Villena rechazó los argumentos del SPF basados en resoluciones administrativas del Ministerio de Seguridad y en instructivos internos, al sostener que “no sustituyen ni neutralizan una sentencia judicial firme” ni establecen un mecanismo concreto para adecuar el pago del peculio a la normativa laboral vigente.
El juez intimó de manera personal al director nacional del SPF, Fernando Julián Martínez, a presentar en un plazo de 20 días hábiles un cronograma detallado para adecuar la liquidación del peculio de los internos a lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo. En el fallo, advirtió que el incumplimiento habilitará la aplicación de astreintes diarias y podría configurar el delito de desobediencia judicial.
Además, ordenó notificaciones personales a las autoridades responsables y dispuso un control estricto de la ejecución de la sentencia “hasta el cese efectivo de la vulneración de derechos”, al remarcar que el trabajo en contexto de encierro no puede quedar por fuera de las garantías laborales básicas reconocidas por la legislación argentina y los estándares internacionales de derechos humanos.
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