La justicia ordenó reincorporar a despedidos Georgalos que ejercieron el derecho de huelga

La justicia ordenó reincorporar a despedidos Georgalos que ejercieron el derecho de huelga

Son dos fallos de la Justicia del Trabajo. Ordena a Georgalos a reinstalar a los dos trabajadores despedidos en el marco del conflicto laboral en la empresa. Para la justicia las cesantías se dieron en el marco de «un nítido conflicto colectivo que se habría originado por la implementación de cambios productivos».

El Juzgado Nacional del Trabajo N° 77 a cargo del Dr. Mariano Candal, como el 46 a cargo de la Dra. María Elvira Roson, dispusieron la reinstalación cautelar de los Alejandro Martínez y Maximiliano Montero, respectivamente. Son dos de los cesanteados en el marco del conflicto con la firma de alimentación Georgalos.

«El mismo día fueron despedidos otros cuatro trabajadores mediante comunicaciones con textos idénticos. (…) se advierte… un nítido conflicto colectivo que se habría originado por la implementación de cambios productivos en el sector en el que prestaba servicios el accionante. (…) El actor habría sido despedido por su adhesión a una medida de fuerza que la empresa calificó de “deliberada” e “ilegal”, por lo que la decisión atañe al ejercicio de un derecho fundamental como es la libertad sindical.(…)» relata el fallo del Dr. Candal. Además señala que confluyen diversas normas constitucionales como el art. 14 bis y tratados internacionales.

Por su parte la Dra. Rosón, en fundamento de su resolutorio concluyó: «… se desprende que, el actor, fue despedido, contemporáneamente a un conflicto gremial, donde refiere participó activamente, adhiriéndose a las medidas de fuerza convocadas por el sindicato con personería gremial, con participación del Ministerio de Trabajo, quien estableció la conciliación obligatoria».

Y agrega que «…el Supremo Tribunal, en la causa «Alvarez», ha señalado que confluyen dos ámbitos del derecho constitucional de los derechos humanos: el principio de igualdad y prohibición de discriminación» y recordó que es necesario «…adoptar una interpretación amplia en temas de libertad sindical y discriminación, en aras proteger los derechos fundamentales involucrados».

Adicionalmente la justicia dispuso que se notifique a la Junta Electoral del Sindicato STIA donde se realizarán elecciones el próximo 26 de septiembre «a fin de que el trabajador, tenga el pleno ejercicio de los derechos sindicales».

En un comunicado conjunto, los trabajadores señalaron que consideran «muy alentadoras ambas decisiones judiciales en protección de la libertad sindical y en el marco de la prepotencia patronal auspiciada por la contrarreforma laboral de la Ley Bases que atacó el derecho constitucional de huelga y de la resistencia de diversos sectores agredidos que, también, se acaba de manifestar en las urnas».

Los trabajadores despedidos fueron representados jurídicamente por el Centro de Profesionales por los Derechos Humanos.

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