El Senado provincial estudia nuevas licencias por adopción para estatales bonaerenses

El Senado provincial estudia nuevas licencias por adopción para estatales bonaerenses

La reforma a la ley de adopción que estudia el Senado contempla un régimen de licencias para estatales bonaerenses que tengan menores en guarda o en proceso de adopción. Además hace foco en el reparto de las tareas de cuidado.

Entre los aspectos salientes de la reforma a la ley de adopción que estudia la comisión de Niñez, Adolescencia y Familia del Senado de la provincia de Buenos Aires, se encuentra un nuevo régimen de licencias para los trabajadores estatales bonaerenses

En noviembre de 2021 el gobierno de Axel Kicillof acordó con los gremios que nuclean a los estatales bonaerense la ampliación de las licencias parentales, entre ellas la de adopción que se prolongó de 90 días a un periodo de entre 120 y 180, según la edad del niño o niña.

El proyecto de reforma ley de adopción que analiza el Senado ensancha la licencia por adopción para los estatales bonaerenses e introduce una serie de motivos vinculados al proceso de adopción. Se suman las licencias por trámites, por vinculación previa, y por alimentación y cuidado.

El proyecto de autoría del senador Marcelo Feliú (Frente de Todos) está en estudio en la comisión de Niñez que presiden Alfredo «Pichi» Ficher (Frente de Todos) y Yamila Alonso (Juntos), con voluntad de tratamiento, pero con algunas distancias en cuanto a los plazos de trabajo.

El proyecto propone una licencia por adopción o guarda con fines de adopción para estatales bonaerenses de 90 días corridos; hasta 105 días corridos si se tratara de adopción múltiple, con posibilidad de ser ampliados hasta un máximo de 90 días corridos por decisión judicial.

Además se contempla una licencia para realizar trámites judiciales y/o administrativos debidamente acreditados, para obtener la guarda con fines de adopción y/o la adopción para estatales bonaerenses. Será la necesaria para concurrir a la citación de la autoridad judicial, administrativa y/o equipos técnicos debiendo el personal acreditar la concurrencia.

También estipula una licencia para complementar la etapa de vinculación con el niño, niña y adolescente para estatales bonaerenses y una licencia por vinculación previa al otorgamiento de la guarda con fines de adopción, que «podrá determinarse por una cantidad de horas diarias o de días corridos según sean las necesidades del caso, las que deberán estar debidamente fundadas y determinadas por el órgano judicial y/o administrativo interviniente».

Se incorpora una licencia por alimentación y cuidado de hijo: los trabajadores a los que se le hubiese otorgado la guarda con fines de adopción y/o adopción de menores hasta 2 años de edad, gozarán de una licencia que comprende el derecho a una pausa de dos horas diarias que podrá ser dividida en fracciones cuando se destine a la lactancia natural o artificial del hijo menor, que se otorgará por el término de 24 meses. «En caso de lactancia artificial, podrá ser solicitada por el padre quien deberá acreditar la condición de trabajadora de la madre y su renuncia o imposibilidad para disfrutar de la licencia», aclara el texto.

Y una licencia sin goce de haberes una vez finalizada la licencia de guarda con fines de adopción y/o de adopción, los trabajadores podrán optar por una licencia sin goces de haberes la que no podrá ser superior a 6 meses.

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