La Justicia suspendió cautelarmente la aplicación de distintos puntos de la Ley 27.802 y de sus decretos reglamentarios sobre el Convenio Colectivo de Trabajo 704/14. La resolución constituye un nuevo antecedente en la ofensiva judicial impulsada por los gremios contra la reforma laboral.
El Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público obtuvo una medida cautelar que suspende la aplicación de diferentes disposiciones de la reforma laboral sobre el convenio colectivo correspondiente a los trabajadores de salas cinematográficas y empresas exhibidoras multipantallas.
La presentación fue realizada contra la CAEM (Multipantallas), en el marco del CCT 704/14. El gremio que conduce Miguel Panigua promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad contra los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 y los artículos 6 y 7 del Decreto reglamentario 407/2026.
Esas disposiciones buscaban limitar la ultraactividad de los convenios colectivos —de las grandes batallas que da el sindicalismo dentro de la guerra planteada por el oficialismo— e imponer topes sobre los aportes, contribuciones y fondos destinados a la organización gremial y a la Asociación Mutual AMERA.
Tras la publicación del Decreto 612/2026, el SUTEP amplió su demanda para cuestionar también el artículo 1 de esa norma. El gremio sostuvo que la disposición reducía indebidamente la base salarial utilizada para calcular los aportes al excluir conceptos fundamentales como el Sueldo Anual Complementario y las horas extras.
Ante la presentación sindical, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 77, a cargo del juez Mariano Candal, hizo lugar a la medida cautelar. La resolución suspendió la aplicación de los artículos cuestionados exclusivamente en relación con el Convenio Colectivo de Trabajo 704/14.
El fallo representa un nuevo antecedente en la disputa que distintas organizaciones sindicales mantienen contra la reforma laboral. Aunque sus efectos se circunscriben al convenio del SUTEP y no anulan de manera general las disposiciones cuestionadas, la decisión abre otra vía judicial para enfrentar normas perjudiciales para la negociación colectiva.

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