El Consejo de la Magistratura aprobó la regulación del teletrabajo en el Poder Judicial de la Nación

El Consejo de la Magistratura aprobó la regulación del teletrabajo en el Poder Judicial de la Nación

El mismo día que el Senado reguló la modalidad a nivel nacional, y a pedido del Sitraju, el Plenario del Consejo de la Magistratura votó por unanimidad la propuesta que regula el trabajo a distancia. Reconoce el derecho a la desconexión y a las tareas de cuidado.

En la jornada de ayer el Plenario del Consejo votó por unanimidad el pedido que el Sindicato de Trabajadores Judiciales de la República Argentina (Sitraju) solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que determina, entre otros, los principios para el trabajo a distancia y reconoce el derecho a la desconexión y las tareas de cuidado.

"A partir del día de ahora los y las trabajadores y trabajadoras del Poder Judicial de la Nación cuentan con una nueva herramienta para la defensa de sus derechos", señaló el gremio que lidera Vanesa Siley, a su vez integrante del Consejo, en un comunicado de prensa.

Desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio, la Corte Suprema se plegó a lo dictado por las autoridades nacionales e instruyó la priorización del trabajo remoto en desmedro del trabajo presencial con el fin de mantener el distanciamiento social. "En función de ello, desde SITRAJU solicitamos Suprema de Justicia de la Nación reglamentar esa nueva modalidad de trabajo", explicaron.

La Corte resolvió que dicho planteo gremial sea resuelto por el Consejo de la Magistratura de la Nación. Así, a pedido de la Comisión de Reglamentación, fue que ayer se trató y aprobó.

En la presentación realizada, Marieta Urueña Russo, secretaria General, y Sofía Corradini Sagretti, Secretaria Adjunta, expusieron a la CSJN los peligros que acarrea esta modalidad: "Es menester la delimitación de un horario en que los/as funcionarios/as puedan ejercer el poder de dirección de con respecto a los/as trabajadores de cada dependencia. En caso contrario, la irrupción de comunicaciones laborales fuera del horario del trabajo podría menoscabar el derecho a la desconexión y el debido descanso".

También, advirtieron sobre las complicaciones que podían generarse a raíz de la falta de recursos físicos, infraestructura adecuada y la combinación de esta modalidad de trabajo con las tareas de cuidado (atención de niños y niñas, personas mayores a cargo, limpieza, alimentación) actividad que hasta el día de hoy sigue repercutiendo más en las mujeres, haciendo necesaria una visión con perspectiva de género al respecto.

Atento la solicitud efectuada, el Consejo de la Magistratura resolvió: Igualdad de derechos para quienes realicen tareas de manera remota; misma cantidad de horas que las establecidas por reglamento para la modalidad presencial; derecho a la desconexión; y un esquema de cuidados de personas a cargo con diferentes alternativas de acuerdo a la realidad de los y las trabajadores y trabajadoras.

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